Senadoras presentaron una iniciativa para sancionar legal y económicamente la falsificación o alteración de certificados prenupciales, de nacimiento, defunción y muerte fetal, expedidos por las autoridades correspondientes..    

En su exposición de motivos, las legisladoras Diva Hadamira Gastélum, Hilda Flores Escalera, Lilia Merodio Reza, Leticia Herrera Ale, Cristina Díaz Salazar, Itzel Saraí Ríos de la Mora y María Elena Barrera Tapia, explicaron que el objetivo de su propuesta es proteger y evitar el mal uso de estos documentos oficiales.

Por ello, quien haga uso indebido de estos certificados, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a trescientos sesenta días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, sin perjuicio de las penas que correspondan por la comisión de otros delitos que resulten, advirtieron.

Ahora bien, comentaron, si quien realiza una conducta de este tipo es un profesional de la salud, servidor público o alguna de las personas autorizadas para su expedición, la pena de que se trate aumentará hasta en una mitad más.

Sobre el particular, recordaron que la NOM-023-SSA3-2012 en materia de información en salud establece en su numeral 12.2.10 que cualquier variación dolosa entre los hechos ocurridos y lo asentado en un certificado de defunción o de muerte fetal, será objeto de sanción conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

De acuerdo a información obtenida por las autoridades competentes, en algunas entidades federativas, la emisión de cualquiera de estos certificados está condicionada al pago que se realice por su emisión.

También, agregaron las senadoras de la República, se conocen casos, no probados, en los que se presume que los certificados de nacimiento son vendidos, sobre todo en los estados que se localizan al sur del país.

En este contexto, se tiene conocimiento de que los certificados de defunción son llenados y emitidos con información falsa, abundaron las legisladoras.