Para evitar abusos en el cobro de algún adeudo bancario o comercial, el senador Jesús Casillas Romero, presentó una Iniciativa a fin de reformar la Ley de Protección al Consumidor y la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Esta propuesta respaldada por el presidente de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, Héctor Larios Córdova y por el secretario de  la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Armando Ríos Piter, destacó el legislador por el estado de Jalisco, tiene como objetivo impedir que los despachos jurídicos o contables contratados por las empresas, intimiden o exhiban públicamente en horas inconvenientes a las personas cuando tienen algún tipo de adeudo.

Además, se ofrece a los deudores garantías de que esta actividad no lesionará su dignidad, ni la tranquilidad de sus familias, ya que se establece un horario para realizar la cobranza extrajudicial (de las 23:00 a las 07:00 horas); tampoco se deberán enviar comunicados a terceras personas, comunicaciones que aparentan ser notificaciones judiciales, hacer llamadas a horas inconvenientes, colocar carteles y anuncios que exhiban al deudor como tal, agregó el senador priista.  

Incluso, continuó, se otorga la posibilidad al deudor de poder convenir con el acreedor –ya sea de servicios financieros o de servicios comerciales—la reestructuración de la deuda; es decir, en la actualidad prácticamente en todas las ocasiones el deudor se ve imposibilitado de llegar a un arreglo con el acreedor, porque estos despachos o estas actividades de gestoría lo impiden.

Casillas Romero advirtió que aquellos que infrinjan estos dos ordenamientos se les aplicará una multa de 5 mil días de salarios mínimos, algo así como 320 mil pesos para aquellas personas que insistan cobrar fuera de estos ordenamientos.

Dejó claro que con estas reformas no se está fomentando la cultura del no pago; por el contrario, “le estamos entregando herramientas a quien realiza esta actividad, para que la pueda desarrollar”, ya que es un reconocimiento que se le da a la actividad del cobro extrajudicial.

Ello, explicó el legislador, a través de mecanismos respetuosos, atentos, se pueden mandar los escritos, tanto al deudor como a los avales en términos convenientes, invitándolos a pagar, previo a lo que podría ser un proceso de carácter judicial que suele ser costoso para ambas partes.