La Cámara de Diputados aprobó con 376 votos de igual número de legisladores que asistieron a trabajar, de un total de 500, reformas al artículo 101 de la Ley de Seguro Social para armonizarla con la Ley Federal del Trabajo, a fin de que las trabajadoras embarazadas puedan ejercer su derecho a trasferir al posparto semanas de incapacidad previas al alumbramiento.

Asimismo, para que el pago del subsidio al que tienen derecho durante el embarazo y el puerperio (tiempo posterior al parto), se ajuste a esa decisión.

El documento refiere que el período de descanso seguirá siendo el mismo, 84 días o 12 semanas, y lo único que variará será el tiempo de descanso en relación con la fecha del parto, disminuyendo el de preparto y aumentando el de postparto.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Javier Salinas Narváez destacó que la reforma es en favor de las madres trabajadoras, para que puedan contar con un periodo de tiempo acorde a sus necesidades posteriores al parto.

Con esta modificación a la Ley del Seguro Social, dijo, se les permite a las madres trabajadoras estar más tiempo con sus hijos y fortalece los vínculos afectivos, la lactancia materna y el cuidado posnatal.

Señaló que al armonizar las Leyes del Seguro Social con la Ley Federal del Trabajo, la asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al 100 por ciento del último salario diario de cotización.

Con la enmienda, añadió, el instituto deberá ajustar el periodo de entrega de dicho subsidio hasta por 14 días anteriores al parto y 70 días posteriores al mismo, cuando la asegurada transfiera sus días de descanso en los términos previstos de la Ley Federal del Trabajo.