La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en su artículo 150, para homologar los requisitos del Gobierno federal, los estados y el Distrito Federal, en el otorgamiento de permisos a empresas de seguridad privada.
El diputado José Luis Ovando Patrón manifestó que la seguridad pública y la privada se refieren a una misma actividad que forma parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Sin embargo, dijo, la actual redacción del artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública duplica los requisitos establecidos en la Ley Federal de Seguridad Privada para la autorización de permisos, al otorgar facultades tanto a la autoridad federal como local y hasta municipal.
“Los diputados que integramos la Comisión de Seguridad Pública analizamos de manera detallada las legislaciones estatales vigentes, y encontramos que existe un total de 114 obstáculos para la autorización de permisos, lo que dificulta la actividad de estas empresas”, señaló en tribuna.
Algunas entidades federativas exigen que los prestadores de servicios sean personas físicas de nacionalidad mexicana, con cláusula de exclusión de extranjeros, lo que contraviene la Constitución y vulnera el sistema de distribución de competencias, agregó el también presidente de la Comisión de Seguridad Pública.
En la Carta Magna, abundó, “no se advierte disposición alguna que limite o restrinja la prestación de servicios de seguridad privada a ciudadanos mexicanos con cláusula de exclusión a extranjeros. En consecuencia, dijo, “resulta evidente que al establecer esta disposición por parte de algunos estados se invaden facultades exclusivas de la Federación”.
Por estas razones, concluyó, es necesario homologar los requisitos a la legislación federal, haciéndolos más controlables, evitando la discrecionalidad y con ello poner fin al abuso y a la corrupción. “Asimismo, se impide la invasión de competencias entre los órdenes de gobierno y a los ciudadanos les proporciona una mayor certeza jurídica al momento de contratar el servicio”.