La Cámara de Diputados avaló reformas a la Ley General de Salud para elevar las sanciones a los fabricantes de los llamados “productos milagro”, al establecer una multa de hasta cinco por ciento de las ventas anuales obtenidas por estas empresas.
La reforma establece también que dichos productos no podrán publicitarse hasta que no cumplan con los requisitos aplicables a la clasificación sanitaria bajo la cual se ostentan, y obligar de esta manera a que el productor cumpla con los requisitos de la autoridad sanitaria.
Al fundamentar el dictamen, el diputado Miguel Antonio Osuna Millán mencionó que los “productos milagro” son aquellos que prometen, mediante publicidad distorsionada, curar enfermedades y padecimientos de manera inmediata y sin ningún esfuerzo por parte del consumidor.
Destacó que la promoción y comercialización de éstos no son un tema reciente, pues desde hace varios años “hemos venido viendo anunciándose todo tipo de remedios a los cuales se les atribuyen alivios casi instantáneos, siendo que un mismo remedio alivia desde un resfriado simple hasta un mal crónico-degenerativo”.
Estas empresas, subrayó, basan el éxito de sus productos en la publicidad y difusión para seducir a sus potenciales clientes, al asegurar que lo ofrecido está probado en diversos hospitales de países, incluso, del primer mundo y que se encuentran disponibles en las farmacias de prestigio del país.
Osuna Millán mencionó que la publicidad de estos productos es vista, por una gran parte de la población en México, ya que utilizan medios de comunicación masiva, lo que les permite tener un gran nicho de mercado, “lo cual nos ilustra acerca de la penetración social que han tenido entre la población y la repercusión potencial en daños a la salud”.
La diputada María Cristina Díaz Salazar indicó que actualmente se publicitan medicamentos y diversos productos a los que se les atribuyen propiedades terapéuticas o de rehabilitación, y este tipo de publicidad cuenta con un formato que genera confusión en el público consumidor, que tienden a provocar la compra impulsiva.
Refirió que en México circulan sin control más de 21 mil productos que obtienen su registro como suplementos alimenticios, pero a la población se les vende como medicamentos milagrosos. La publicidad de éstos es vista por casi 112 millones de personas en México y otros 50 millones en Estados Unidos.
El diputado Leandro Rafael García Bringas subrayó que la publicidad que se despliega y las que hacen las empresas de “productos milagro”, constituye un riesgo potencial para toda la salud de los mexicanos, pues a través de sus actividades publicitarias se desvirtúan las verdaderas características terapéuticas.
Con la reforma, abundó, se establece que aquellos productos que ofrezcan beneficios que no corresponden a sus clasificaciones sanitarias, función o uso, no podrán publicitarse hasta que cumplan con los requisitos aplicables, y la información contenida en el mensaje sobre calidad, origen, pureza y conservación dentro de las propiedades nutritivas y beneficios de empleo deberán ser comprobables y acotadas.
El diputado Gerardo Fernández Noroña se manifestó a favor del dictamen, pues se aborda una problemática de productos claramente fraudulentos. “Es una tragedia que el pueblo pobre esté gastando un dineral en eso, que además le dicen que si lo compra le mandan 50 paquetes, que no desaproveche la oportunidad”.
Agregó que no se le puede llamar “productos milagro”, sino productos absolutamente fraudulentos, mentirosos y dañinos, pues no sólo no atacan lo que dicen, sino generan problemas de salud evidentes en la población. “Me parece que nos quedamos cortos en las sanciones, cinco por ciento de las ventas, deberían de ser clausurados esos negocios”.