Para fortalecer la rendición de cuentas en el Congreso de la Unión, controlar la productividad parlamentaria y transparentar la labor legislativa, los legisladores federales deben estar obligados a presentar un informe anual de actividades, propuso la senadora Laura Angélica Rojas Hernández.
A través de una iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento del Senado de la República, la legisladora expuso que esta obligatoriedad es fundamental, toda vez que la falta de rendición de cuentas de los senadores y diputados federales puede generar arbitrariedad o bien un desempeño deficiente en sus funciones.
“Resulta contradictorio que desde la propia Constitución se establezca la obligación del titular del Poder Ejecutivo a rendir un informe anual y no exista esa misma disposición para los legisladores federales, quienes conformamos un poder de contrapeso y vigilancia al mismo”, puntualizó la también integrante de la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana.
Rojas Hernández explicó que en este propósito de impulsar una nueva cultura de rendición de cuentas, la Ley Orgánica del Congreso debe establecer la obligación para que los legisladores federales rindan informes anuales de actividades en un lapso comprendido entre el final del segundo periodo de sesiones ordinarias hasta antes del inicio del primer periodo de sesiones ordinarias del siguiente año legislativo.
Además, cada una de las Cámaras deberá promover la difusión de estos informes, las actividades del Congreso así como un listado de los diputados y senadores omisos en la rendición de su informe anual.
Sobre las reformas al Reglamento del Senado de la República, la senadora Laura Rojas refirió que en el catálogo de obligaciones de los senadores se incorpora la presentación del informe legislativo anual, los requisitos mínimos que éste deberá contar, así como la obligatoriedad por parte de la Mesa Directiva de ordenar su publicación en la Gaceta Parlamentaria y, en su caso, difundir la lista de los senadores omisos.
Rojas Hernández detalló que los requisitos que deberá contener el informe individual de los senadores estarán señalados en un Artículo 297 Bis, que se propone adicionar en el Reglamento del Senado, y que son:
§ Ser anual, presentándose al final del segundo período de sesiones ordinarias y antes del inicio del primer período de sesiones ordinarias del siguiente año legislativo;
§ Presentarse por escrito ante la Mesa, con copia a la Secretaría de Servicios Parlamentarios;
§ Contener las instancias de trabajo legislativo y parlamentario de las que forme parte el senador; las asistencias al Pleno y a las instancias legislativas; las iniciativas de ley y proposiciones con punto de acuerdo que haya presentado; los dictámenes aprobados, correspondientes a las iniciativas de ley y proposiciones con punto de acuerdo que el senador haya presentado; las actividades en comisiones y las de carácter oficial que el senador haya realizado, y si se cuenta con una casa de enlace con la ciudadanía.
Corresponderá a la Secretaría de Servicios Parlamentarios proporcionar la información que cada senador solicite sobre sus asistencias en el Pleno y en las instancias legislativas a las que pertenezca, con independencia de su publicación en los medios electrónicos del Senado.
Finalmente, la integrante de la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana enfatizó que con la obligación de los legisladores federales para rendir informes anuales de sus actividades, se fortalecerá la rendición de cuentas del Congreso, se tendrá un control de productividad parlamentaria, de dotará de mayor transparencia a la labor legislativa, al tiempo que ofrecerá a los legisladores una oportunidad de generar un contacto directo e institucional con su electorado, también mostrará cual ha sido realmente su trabajo congresual.