*¿Usted les cree?

Los recursos no gastados o ejercidos en un año fiscal por los Poderes Federales, entes autónomos, dependencias y entidades deberán ser devueltos a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio independientemente del concepto o tipo de asignación por el que tales montos les hayan sido entregados, propone el diputado Heliodoro Díaz Escárraga en la iniciativa de reforma al artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, las dependencias, así como las entidades respecto de los subsidios o transferencias que reciban, que por cualquier motivo al 31 de diciembre conserven recursos, incluyendo los rendimientos obtenidos, deberán reintegrar el importe disponible a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

El buen juez por su casa empieza. La Cámara de Diputados, pese a no estar obligada legalmente a devolver sus remanentes presupuestales a la Tesorería de la Federación, por decisión propia, ha decidido hacerlo. Sin embargo, es conveniente convertir lo que hasta ahora ha sido un acto consensuado de voluntad política en ley.

Como ejemplo menciona en su iniciativa un diferendo entre Consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) y el Contralor General de ese organismo, acerca del destino que debían tener los rendimientos financieros y los remanentes, ahorros o subejercicios generados por el Instituto respecto a su Presupuesto de Egresos 2010. Hasta hoy, se menciona, el destino de los 348 millones 346 mil pesos no aplicados por el IFE en el ejercicio fiscal 2010, permanece en la indefinición.