El diputado federal David Pérez Tejada Padilla propuso crear la Ley de Casas de Cambio, a fin de tener una regulación estricta, controlar la libre circulación de dólares en efectivo y evitar el lavado de dinero del crimen organizado.
Señaló que a pesar de que la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito contempla disposiciones específicas para las casas de cambio, éstas no están sujetas a una regulación estricta, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o del Banco de México.
La propuesta de ley contempla un circuito electrónico automatizado del Sistema de Administración Tributaria para la adecuada fiscalización de operaciones que pudieran resultar en hechos ilícitos, así como para la conformación de una base de datos para la identificación del usuario.
Además, plantea que el Banco de México supervise el funcionamiento de las casas de cambio e intervenga en sus operaciones para fomentar condiciones de estabilización cambiaria y competencia.
Asimismo, que la ganancia cambiaria que obtenga el Banco de México por la compra-venta de divisas a casas de cambio, no pueda ser utilizada para cubrir gastos corrientes, sino que se aplique exclusivamente a la constitución de reservas para la amortización de las pérdidas cambiarias en que pueda incurrir.
Establece un plazo no mayor a treinta días para que la Secretaría de Hacienda emita la resolución respecto de la autorización de las posibles casas de cambio, así como los requisitos que deberá cubrir la solicitud correspondiente respecto a la honorabilidad y conveniencia de los posibles socios que la integran.
También reglamenta los límites en las comisiones y tipos de cambio de las remesas enviadas por los connacionales.
El legislador mencionó que a partir de la reforma a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito en 1991, se exigió a las casas de cambio al menudeo contar con un capital mínimo para operar, pero muchas no cumplieron con este requisito por lo que quedaron excluidas del Sistema Financiero Mexicano, ubicándose como establecimientos mercantiles y con la figura de centros cambiarios.
Subrayó que en 2007 había 25 casas de cambio operando en el país y actualmente sólo hay nueve debido a que varias han sido revocadas por fallas en sus sistemas de prevención de lavado de dinero y la actividad cambiaria ha migrado desde casas de cambio hacia bancos.
Pérez Tejada dijo que la normatividad al respecto sigue dispersa y con vacíos que provocan baja efectividad jurídica.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.