El Senado avaló un dictamen de la Comisión de Salud, el cual pide que la Secretaría de Salud sea la encargada de autorizar, vigilar y regular la publicidad en materiade salud, con el fin proteger a los consumidores de publicidad engañosa, además de establecer los parámetros mínimos que deben llevar los anuncios publicitarios.

El dictamen pide sean reformados los artículos 300 y 306 de la Ley General de Salud, a fin de enriquecerla en los apartados que regulan el tema de publicidad en bienes y servicios de su competencia y actualizándola para que esté acorde con la dinámica de publicidad.

Para este fin, el proyecto expone que se debe identificar claramente al responsable de la publicidad y proporcionar datos suficientes para su ubicación, tales como nombre, razón social, dirección, teléfono y dirección electrónica del proveedor.

Además, el mensaje publicitario deberá estar elaborado conforme a las disposiciones legales aplicables.

Asimismo, enfatiza que en el caso de utilizar testimonios o recomendaciones, proporcionados por alguna institución, asociación, sociedad profesional, profesionales, especialistas, expertos, celebridades o figuras públicas, sean o no retribuidos, deberán ser objetivos y veraces con el fin de proteger a los consumidores.

Al respecto, en tribuna, la senadora Maki Ortiz Domínguez, expuso que actualmente se publicitan ciertos productos a través de testimonios, que son personas que recomiendan los mismos, ofertándolos con resultados exagerados, sin contar con algún sustento técnico científico que respalden la información presentada a los consumidores.

Se trata muchas veces, dijo, de publicidad engañosa en donde los avales son figuras públicas, artistas o bien figuras profesionales de la salud y con ello se logra que miles de consumidores compren el producto entre ellos algunos que se publicitan como medicamentos y no lo son.

Destacó que la PROFECO recientemente multo con más de dos millones de pesos a una empresa por publicitar un producto para el cabello y con más de tres millones de pesos a otra empresa por publicitar productos con la colageina, todo ello por no ser voraces con la información contenida en su publicidad.