Confirmado, el gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo solicitó la extradición del capo de capos mexicano “El Mayo Zambada”, porque antes de ser procesado en Estados Unidos, primero tiene que cumplir con las cuentas que tiene pendientes en México.

Así fue la pregunta que plantearon en la mañanera del pueblo de este martes: “Me gustaría, si el fiscal pudiera responder el tema, que si agentes estadounidenses habrían entrado al territorio mexicano o a qué lo podemos atribuir”

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, ALEJANDRO GERTZ MANERO: Bueno, yo creo que es un tema que ya hemos platicado, y que vale la pena recordarlo porque ha vuelto a los medios.

Desde julio del año pasado, cuando ocurrieron estos hechos, en forma inmediata el Gobierno de la República y, por lo tanto, la Fiscalía iniciamos un procedimiento por una serie de delitos que se cometieron en México: el delito de secuestro, el delito de transporte ilegal de una persona en contra de su voluntad. Todas estas conductas están sancionadas.

Pero no solamente iniciamos ese procedimiento del cual ya hemos hablado, sino que hicimos algo que en este momento me llama mucho la atención porque fue público, y también lo dimos a conocer: iniciamos un procedimiento de extradición ante las autoridades norteamericanas, para que esta persona que había salido del país en contra de su voluntad, que tiene tres órdenes de aprehensión vigentes, es obligación del Gobierno de la República iniciar el procedimiento de extradición y es obligación del gobierno requirente darnos respuesta lo más pronto posible a ello.

No solamente lo presentamos de inmediato, sino que en diciembre del año pasado el Departamento de Estado de los Estados Unidos reconoció que ya tenía ese requerimiento. Hemos insistido en cuatro ocasiones ante la administración anterior del gobierno norteamericano y no hemos tenido respuesta.

Es decir, el procedimiento al que se refiere esta persona (“Mayo Zambada”) es un procedimiento que ya se cumplió, y se cumplió con amplitud y dentro de los marcos legales que México tiene obligación de establecer.

Y le quedó al gobierno anterior de los Estados Unidos la respuesta obligada, junto con otras series de requerimiento que hemos estado haciendo en este caso, que nos llevaron a eso.

PREGUNTA: ¿Pero hay indicios de que hubiera habido agentes involucrados en territorio mexicano o nos quedamos con esa parte que usted mencionaba hace algunas semanas, o cuando inició más bien este proceso, de que pudiera haber sido nada más el hijo de “el Chapo” Guzmán?

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, ALEJANDRO GERTZ MANERO: Todos los datos de prueba que tenemos absolutamente clarificados es que un aeródromo cercano a la ciudad de Culiacán, el hijo de “el Chapo”, un piloto o dos —esto está por verse— y el otro delincuente, fueron objeto de una operación que ya se la describí a usted, en la que no hay ninguna otra prueba de ninguna naturaleza. El expediente está abierto como cualquier otro expediente para que se aporten las pruebas en ese sentido, pero a lo que usted se refiere no hay ninguna prueba directa.

PREGUNTA: De las cuatro ocasiones que dice que se ha insistido en esta solicitud, ¿ya alguna fue durante la actual administración de los Estados Unidos?

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, ALEJANDRO GERTZ MANERO: No, fueron todas durante la administración anterior.

PREGUNTA: Otra pregunta sobre ese tema: a partir de la carta que manda él, “el Mayo” Zambada, él solicita la intervención del Estado mexicano, justamente, para evitar que lo condenen a pena de muerte.

¿Qué se haría, más allá del personaje, como ayer bien lo decía la presidenta?

¿Cuál es la atención legal que está obligado el Estado mexicano a darle a un mexicano en una situación como la que él está atravesando?

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, ALEJANDRO GERTZ MANERO: Mire, hay que recordar que todos, prácticamente todos los países en el mundo están sujetos a la Convención de Viena, que establece, entre otros elementos fundamentales: el hecho de que el ciudadano de un país que ha sido acusado o que lleva un juicio en otro país, tiene el derecho a que las autoridades de su país lo acompañen y coadyuven en la investigación y en el desarrollo de ese procedimiento.

Esa es la Convención de Viena. Se ha aplicado en forma permanente, este no es un caso de excepción, ni para bien ni para mal, es exactamente lo mismo. Así que lo que esa solicitud está haciendo es refiriendo a hechos que son técnicamente y jurídicamente clarísimos, y que no están en duda.

Probablemente para la inmensa mayoría de las personas tenemos que darle la explicación de lo que es la Convención de Viena, que es un tratado multilateral en el cual todos los países signantes tienen esa obligación. Y esa persona, como tantas otras personas en los Estados Unidos que cometen delitos, siempre tienen el acompañamiento de los consulados. Es una obligación, no es algo excepcional. Pero yo creo que vale la pena darlo a conocer.

25/02/2025

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