Es necesario impulsar reformas a los artículos  64, 70, 118, 184, 295, 296 y 303 del Reglamento del Senado de la República, a fin de incentivar más y mejores prácticas para la implementación de los principios de Parlamento Abierto.

Por ello presentamos una iniciativa de Ley que pretende reformar varios artículos del Reglamento de la Cámara Alta, para fortalecer los principios de gobierno abierto y promover una mayor participación ciudadana en los procesos legislativos.

En el 2017, la Alianza para el Parlamento Abierto presentó un diagnóstico sobre Parlamento Abierto en México, indicando que faltan mecanismos de contacto con la ciudadanía para su participación en el proceso legislativo, además de que se no se difunde el presupuesto aprobado o ejercido por los órganos que integran el Senado, así que no se muestran las declaraciones de los legisladores y la falta de información en formatos abiertos.

Por ello y con el propósito de consolidar las acciones que promueven el Parlamento Abierto en el Senado de la República se busca reformar los artículos  64, 70, 118, 184, 295, 296 y 303 del Reglamento del Senado de la República.

Con estas modificaciones la Secretaría de la Mesa Directiva deberá publicar en el sitio web del Senado, en tiempo real, la relación de senadores asistentes e inasistentes a la misma, así como aquellos que abandonen el salón de sesiones, además del sentido de sus votaciones, en formatos abiertos.

El Orden del Día de cada sesión deberá ser publicado en formatos abiertos en el sitio web del Senado con al menos 12 horas de anticipación a que tenga verificativo la sesión, junto con los archivos de respaldo de los asuntos que serán presentados al Pleno.

Asimismo agrega que en el proceso de dictaminar, las comisiones pueden realizar foros interactivos a través de medios electrónicos, con el fin de escuchar al autor o autores de la iniciativa, especialistas, representantes de organizaciones, ciudadanos en general, etc.

El Comité de Garantía de Acceso y Transparencia de la Información del Senado deberá poner a consideración del Pleno, por conducto del Presidente de la Mesa, el Plan de Acción de Parlamento Abierto del Senado, mismo que deberá ser revisado y actualizado de manera anual.

Este deberá establecer mecanismos de colaboración y mesas de diálogo con organizaciones de la sociedad civil, academia, así como expertos en tecnologías e inclusión digital.

El área de comunicación realizará las gestiones necesarias ante los órganos, grupos o unidades competentes para publicar y publicitar toda información en formatos abiertos y será responsable, junto con los órganos directivos del Senado y demás unidades administrativas de atender en igualdad de condiciones a los representantes de los medios de comunicación, brindándoles las facilidades necesarias para el desempeño de sus actividades.

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