*Rango constitucional el cuidado digno de todas las personas

A fin de fortalecer al desarrollo familiar en México, propongo modificaciones al artículo 4º constitucional para garantizar su protección y organización, así como el cuidado digno y de calidad de los individuos.

El derecho al cuidado debe concebirse como un derecho para todas y todos, independientemente de las situaciones de vulnerabilidad o dependencia y debe considerar a toda la población para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres; jóvenes, mayores; niñas y niños y personas con discapacidad.

El Estado debe garantizar el cuidado y mantenimiento de la vida, partiendo de los cuidados básicos de los destinatarios.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) sostiene que el cuidado reúne todas las actividades, bienes y relaciones que proporcionan bienestar físico, económico, afectivo y emocional para quienes no pueden realizarlas por sí mismas; incluyendo alimentación, salud, hábitat propicio para vivir, así como desarrollo cognitivo y social.

Es necesario que los Estados avancen y progresivamente ir aumentando el nivel y calidad de las prestaciones hasta llegar al cumplimiento del derecho garantizado en su totalidad.

La Doctora Laura Pautassi menciona que no se trata de otorgar determinados derechos en función de las desventajas sociales o de cualquier otra índole a las que se enfrentan las mujeres, sino de garantizar derechos fundamentales como educación, salud, un trabajo decente y representación política y económica.

Existen personas con discapacidad en situación de alta dependencia que también requieren cuidados para el mantenimiento de higiene, buena alimentación, administración de medicación y comunicación.

Las personas que requieren de cuidados tienen la prerrogativa de acceder a estos beneficios que son necesarios para su supervivencia y calidad de vida; mientras las personas que cuidan también deberían contar con la opción de conciliar su empleo con los cuidados que requieren sus seres queridos.