*Ya estoy en esta época en donde digo “yo lo viví”

Y sí, yo lo viví, y quiero compartirles lo que yo viví, y creo que puede ser mucho más interesante, porque el tema técnico ya lo trato Ana Lilia, lo van a seguir tratando; obviamente estoy totalmente de acuerdo en que se genere un espacio de conversación aquí en el Senado, de cara a los retos que tienen los temas en materia de transparencia y de acceso a la información. 

Obviamente, también estoy de acuerdo en que analicemos conjuntamente sociedad civil, Instituto, Senado, Cámara de Diputados, los diversos enfoques que tenemos sobre los principales retos, las principales temáticas, las reformas legislativas que, en su caso se tengan que promover y presentar y, desde luego lo que ha dicho Blanca Lilia de este espacio de Parlamento Abierto. 

Creo que ha sido muy puntual en todos los requisitos de un Parlamento Abierto. Lo que se propone hacer con el Parlamento Abierto, la participación de la sociedad civil en este tipo de parlamentos y por supuesto, la participación de las y los legisladores también. 

Así que como van a seguir tratando temas técnicos tan importantes y tan interesantes, yo quisiera compartir con ustedes y celebro que la Unidad de Transparencia del Senado de la República nos haya convocado a dialogar sobre estos retos del Poder Legislativo. 

Pero yo quisiera tratar con ustedes cómo se generó la reforma constitucional al sexto. Y quiero también compartir con ustedes cómo se fue avanzando en esta reforma constitucional, por qué esta reforma constitucional se dio y cuáles son los orígenes. 

Creo que será un poco más interesante para ustedes la historia y lo que yo viví, ahora sí estoy en esa etapa de la vida en donde yo puedo decir “lo viví”. 

Bueno, voy a platicarles desde el punto de partida, la coyuntura jurídico-política. Imagínense en el año de 1996, no sé si a ustedes les diga algo esta coyuntura política que, detonó, detonó precisamente el reconocimiento a nuestros derechos constitucionales en materia de información pública. 

Aquí se detona y, ¿cuál fue el detonante? Bueno, durante la mayor parte del siglo XX, la vida pública de nuestro país se caracterizó por la propensión al autoritarismo; ¿a qué más? A la opacidad. Y acotar los controles del poder de pesos y contrapesos legales. 

El sistema político tendía a favorecer la influencia de contrapesos de poder, pero informales. Y las dinámicas de publicación de información, generalmente eran producto de choques entre grupos de presión; no había una normativa. 

Grupos de interés, manifestaciones autoritarias por parte del Estado y manifestaciones también, por qué no decirlo, de la sociedad civil; pero que en ocasiones eran reprimidas por el propio Estado. 

En estas circunstancias, entre las herramientas legales que aportaba al equilibrio de las fuerzas políticas, las autoridades y la ciudadanía estaban, precisamente, el ejercicio jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación. La centenaria facultad de atracción de investigación, en el artículo 97, que en ese entonces estaba consagrada para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el artículo 97 que, por cierto, esta facultad de investigación se le trasladó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos.  

En dicho contexto, se encontraba una eventualidad trágica, y esta eventualidad trágica que generó y que provocó un malestar social, cuya –¿por qué no decirlo? – pésima gestión propició la coyuntura que definió las bases para el posterior desarrollo de la transparencia y el acceso a la información pública en nuestro país; sucedió el 28 de junio de 1995. 

Para entonces, la Corte tenía una nueva integración. Para entonces, la Corte tenía nuevas atribuciones constitucionales, consolidándose como un Tribunal constitucional del Estado Mexicano; y seguía teniendo la facultad de investigación del 97 constitucional y con base en esta facultad, con base en este artículo 97 constitucional, fue que intervino en la investigación de este evento trágico. 

Bueno, este conflicto político en el ámbito municipal, fue intervenido súbitamente por las autoridades del estado de Guerrero, dando como resultado el asesinato de 17 personas, se dice, todas ellas campesinos; y 20 personas más heridas. 

Las víctimas, todas, violentadas en Aguas Blancas, en el municipio de Coyuca de Benítez, en el estado de Guerrero; ¿a manos de quién? De Policía motorizada adscrito a la Policía estatal. 

Este acto de represión de las 17 personas asesinadas brutalmente, y este acto de represión por parte de la Policía estatal, fue videograbado y difundido a nivel nacional por los medios de comunicación, curiosamente. Y posteriormente, el gobernador guerrerense en ese tiempo, dio un mensaje, también en medios de comunicación, en el que aseguraba una versión oficial distinta, que no parecía concordar con las videograbaciones difundidas por los medios de comunicación. 

La falta de solidez de la versión oficial, que pretendía posicionar al gobernador en forma distinta, sumada a otras decisiones políticas del mismo actor, del mismo gobernador, derivaron en el ejercicio de la función que tenía la Suprema Corte; es decir, la atracción y la investigación por parte del máximo Tribunal, por cierto, solicitada por el Ejecutivo Federal el 4 de marzo de 1996. 

¿Y por qué la solicitó el Ejecutivo Federal? Por una razón muy sencilla: porque la información oficial del señor entonces gobernador, no concordaba con los videos o con las videograbaciones que fueron transmitidas por los medios de comunicación de lo que realmente había sucedido en el paraje de Aguas Blancas, y la muerte de estos 17 campesinos. 

Bueno, la Corte designó a dos ministros, en paz descansen ambos, ya fallecieron; al ministro Juventino Castro y al ministro Román Palacios; quienes rindieron su informe sobre el caso de Aguas Blancas, el 12 de abril de 1996, sólo escasamente un mes después. 

En ese informe, surge por primera vez lo que terminaría siendo una tesis aislada de don Juventino Castro y Castro, sobre la cultura de la verdad y la limpieza en el comportamiento de los servidores públicos, la cultura de la verdad. 

Esta tesis aislada, y en este informe, mis compañeros ministros durante mi paso por la Corte, señalaban en este informe los atropellos, las malas decisiones y la absoluta falta de correspondencia entre la versión oficial del Gobierno de Guerrero y la proyectada o publicada por los medios de comunicación y la auténtica verdad de lo que había sucedido. 

Denunciaron la propensión de incorporar a nuestra vida política lo que podríamos llamar la cultura del engaño, de la maquinación y la ocultación de la información y los hechos de interés público. Así surge la tesis de la cultura de la verdad. 

Al final de su informe, mis colegas, en paz descansen, observaban que: tan importante como los acontecimientos concretos del caso de Aguas Blancas, era el manejo público oficializado de estos eventos. 

Es ahí donde aparece como sumamente preocupante para la sociedad mexicana, la persistencia en incurrir una política de falta de ética, de ocultamiento, de engaño y de desprecio a la propia sociedad mexicana, por parte de quienes son elegidos o designados precisamente para lo contrario, para defenderla y para servirla. 

Y, obviamente, como les decía, la idea central del informe derivó en la tesis del señor ministro Juventino Castro y Castro, en la que afirma, ¡por primera vez en nuestra historia jurídica!, el derecho a la información como parte de las garantías individuales. No existía el derecho de la población a la información pública gubernamental. Como parte de las garantías individuales y que están consagradas en el artículo sexto. 

Asimismo, la configuración del intento de lograr impunidad de las autoridades, que actúan dentro de una cultura del engaño, de maquinación y de ocultamiento. 

Al señor gobernador, en ese entonces -lo recuerdo con mucha claridad-, no se le imputaba que fuera ni siquiera el autor intelectual, o menos, mucho menos material de los hechos ocurridos en Aguas Blancas. 

¿Qué se le imputaba al gobernador? El ocultamiento, el engaño, la maquinación. Eso fue lo que se le reclamaba, lo que se le imputaba por parte de la Suprema Corte. Es decir, que no había garantía del derecho a la información, que estaba vinculada directamente con el respeto a la verdad. 

Consecuentemente, resulta esencial -decía el ministro Castro- para el mejoramiento de la conciencia ciudadana y el progreso de nuestra sociedad en un régimen democrático. 

Esto que yo les platico, fue lo que detona; lo que detona la modificación al artículo sexto constitucional. 

Afirmaba don Juventino que, y lo cito textualmente: “Si las autoridades públicas elegidas o designadas para servir y defender a la sociedad asumen ante ésta, ante la sociedad, actitudes que permitan atribuirles conductas faltas de ética, al entregar a la comunidad una información manipulada, incompleta, condicionada a intereses de grupos o personas que le vede la posibilidad de conocer la verdad para poder participar libremente en la formación de la voluntad general, incurre -dice don Juventino- en la violación grave a las garantías individuales. 

Esto, el derecho a la información que hoy tenemos en el artículo sexto de nuestra Constitución Política, es la base de la cultura de la verdad. 

A partir de este evento, se han desplegado las rutas en materia de transparencia y combate a la corrupción. Éste, sin duda, fue el origen de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 

Asimismo, también, es el fundamento por el que debemos partir para seguir desarrollando el concepto, y, por qué no, otras herramientas de la cultura de la verdad, como pueden llegar a ser las prácticas del Parlamento Abierto. 

Dicho todo lo anterior, de verdad, yo les deseo una exitosa jornada, llena de ideas, de propuestas, que sirvan al objetivo común de seguir fortaleciendo el derecho a la información y lo que hay atrás: la cultura de la verdad. 

Quería compartirles, porque yo, como Ministra integrante de esta novena época, por cierto, la única mujer que estuvo 10 años en la integración de esta novena época, compartirles qué detonó este acceso a la información, qué detonó la reforma al artículo sexto constitucional, como hoy lo conocemos. 

No había acceso a la información, no había transparencia. Había opacidad, había ocultamiento por parte de las mismísimas autoridades, que están obligadas a servir y que están obligadas a defender las garantías y los derechos. 

Con esto, no me quise quedar con el evento histórico; compartírselos y, como diría ya, imagínense, mis abuelos; ahora estoy igual que ellos: yo lo viví.