Por Alejandro González

(dpl news) La Comisión Federal de Electricidad (CFE) de México recibió del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) una concesión comercial de uso mayorista para poder arrendar capacidad de red, infraestructura y servicios de telecomunicaciones a otros concesionarios y autorizados.

El órgano regulador mexicano advirtió que la CFE no podrá ofrecer servicios minoristas, es decir, a usuarios finales como servicios a hogares, empresas o personas.

“Con esta resolución se atiende lo establecido en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones en la que se prevé la existencia de redes mayoristas, se inserta un nuevo competidor en este mercado que pondrá a disposición su red de transporte, y se favorece el uso compartido de la infraestructura para facilitar que más prestadores de servicios de telecomunicaciones lleguen a un mayor número de localidades del territorio nacional, incluso aquellas donde la oferta de servicios actual es poca o nula, fomentando el despliegue de redes”, señaló el órgano regulador mexicano en un comunicado.

El IFT estableció consideraciones a las que se deberá sujetar la CFE, por ejemplo, dijo que ni la concesión otorgada, así como la concesión mayorista que ostenta Financiera para el Bienestar (antes Telecomm), de manera alguna confieren derechos exclusivos sobre la infraestructura de CFE.

También señaló que el acceso a dicha infraestructura se encuentra regulado por diversas disposiciones emitidas por el IFT y la Comisión Reguladora de Energía, que buscan generar condiciones de acceso efectivo y compartido para la prestación o provisión de los servicios públicos de telecomunicaciones.

Incluso, indicó que el hecho de que CFE participe en el sector de las telecomunicaciones como concesionario comercial mayorista es consistente con el mandato de permitir el uso compartido de la infraestructura.

“Con el fin de salvaguardar los principios de neutralidad a la competencia y no discriminación, el título de concesión otorgado incluye condiciones específicas para el cumplimiento de ambos principios, como la transparencia respecto a las aportaciones, apoyos, subsidios y transferencias que reciba, información que permite identificar posibles conductas que distorsionen el mercado o bien, la obligación de presentar ante este Instituto, para aprobación ex – ante, ofertas públicas de referencia para ser ofrecidas a todos los clientes de manera transparente y no discriminatoria”, agregó el IFT.

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