Acusa la AMEDI

La reducción del tiempo fiscal atenta contra el derecho a la información, porque el decreto afecta la capacidad de comunicación y difusión del Estado mexicano y contradice el discurso presidencial de no condonar impuestos a los empresarios, afirmó la Asociación Mexicana de Derecho a la Información.

Y así enumeró los puntos que considera de elemental importancia difundir ante la opinión pública:

  1. Ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto presidencial, cuya entrada en vigor será el 15 de mayo, que reduce el tiempo fiscal a los concesionarios de radio y televisión por considerarlo excesivo, pero sin explicarlo ni motivarlo.
  2. El nuevo decreto viola el derecho a la información de la sociedad sobre asuntos del Estado y que son de interés público.
  3. La reducción del tiempo fiscal contradice el discurso presidencial, en el cual se afirma que no se condonarán impuesto a los empresarios.
  4. El Ejecutivo Federal redujo el impuesto en especie que deben pagar los concesionarios privados 38.88% para televisión y 40% en radio.
  5. El tiempo fiscal pasa de 18 a 11 minutos en televisión y de 35 a 21 minutos en radio.
  6. Al reducir tiempo fiscal a los concesionarios, las instituciones públicas, ante la necesidad de comunicar asuntos de interés general, estarán orilladas a comprar espacios a costa del erario.
  7. El decreto transgrede la separación de poderes y la autonomía de los entes, porque al reducir el tiempo fiscal debilita su capacidad de comunicación social a través del uso de los medios electrónicos concesionados, sobre temas relevantes de interés público.
  8. La reducción del tiempo fiscal afecta la comunicación social de los poderes Legislativo, Judicial y los organismos autónomos. Del total del tiempo fiscal, 40% corresponde al Ejecutivo Federal, 30% al Poder Legislativo, 10% al Poder Judicial y 20% al conjunto de los entes autónomos como el INE, IFT, UNAM, CNDH, Banco de México, Inegi y los partidos, pero ahora se acortan en tiempo en cada una de las estaciones de radio y canales de televisión del país.

Decreto 2002

Distribución del tiempo fiscal

Nueva distribución del tiempo fiscal

40% Poder Ejecutivo = 7.2 m. en TV y 14 m. en radio     

30% Poder Legislativo = 5.4 m. en TV y 10.5 m. en radio

10% Poder Judicial = 1.8 m. en TV y 3.5 m. en radio

20% Autónomos = 3.6 m. en TV y 7 m. en radio     

Decretazo 2020

Nueva distribución del tiempo fiscal

40% Poder Ejecutivo = 4.4 m. en TV y 8.4 m. en radio    

30% Poder Legislativo = 3.3 m. en TV y 6.3 m. en radio

10% Poder Judicial = 1.1 m. en TV y 2.1 m. en radio

20% Autónomos = 2.2 m. en TV y 4.2 m. en radio

  1. El Ejecutivo Federal privilegia a los concesionarios de la radio y la televisión sobre los demás sectores productivos en momentos tan difíciles para la economía y el empleo. Es inadmisible que en medio de la crisis de salud y frente al reto económico que le acompaña, el único incentivo fiscal que proponga el presidente de la República sea sólo en beneficio de los empresarios de la radio y la televisión.
  2. La decisión del Ejecutivo ocurre en el peor momento para México: cuando el Estado requiere de su máxima capacidad para difundir mensajes de salubridad general y cuando la sociedad demanda información oportuna, veraz, objetiva, clara e imparcial sobre la pandemia.
  3. El decreto va en menoscabo del Estado porque el presidente juró cumplir el artículo 87 constitucional que le obliga a mirar en todo por el bien y la prosperidad de la Unión.
  4. La reducción del tiempo fiscal es una medida política, no económica, porque la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece un equilibrio entre la publicidad y la programación. Las estaciones de radio y canales de TV sólo pueden comercializar el tiempo autorizado por el artículo 237 de la LFRT: para canales de TV 18% y para estaciones de radio 40% del total de tiempo de transmisión.
  5. Aunque el nuevo decreto reduce el tiempo fiscal, vuelve a los tiempos originales de 18 minutos en TV y 35 minutos en radio del decreto de 2002, para que el Instituto Nacional Electoral administre los 48 minutos que ordena el artículo 41 de la Carta Magna durante los procesos electorales.

Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi)

Presidente

Dr. Jorge Bravo

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