En materia de nepotismo electoral
Con la mayoría calificada de 477 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó que la reelección electoral entre en vigor hasta el año 2030, lo que permitirá postularse a gobernadores a los actuales senadores de las familias Monreal, Salgado y del Partido Verde Ecologista Mexicano.
Inicialmente la modificación a esta ley, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, señalaba que se estableciera en la Constitución que, a partir del año 2027, ningún candidato a gobernador podría ser postulado si algún familiar estaba ocupando el cargo en ese momento.
Pero primeramente en el Senado de la República se hizo caso omiso a lo que proponía la presidenta Sheinbaum, a pesar de que esa voluntad la recogió de miles de habitantes de todo el país durante su campaña política, y se modificó para que esta prohibición se aplicara a partir del año 2030, con lo que se daba oportunidad a que dos actuales senadores y una senadora estuvieran en condiciones de postularse a los cargos que hoy ocupan sus familiares cercanos en Zacatecas, Guerrero y San Luis Potosí.
Lo anterior desató tremenda discusión a nivel nacional por el desaire propinado a la jefa del Poder Ejecutivo y aun cuando en algunos sectores de la sociedad se alimentó la posibilidad de que los diputados federales sí apoyaran a la presidenta, este martes se puso a votación la reforma constitucional, pero nada diferente ocurrió.
Estos legisladores aplicaron el mismo sentido de la modificación que se operó en el Senado y así Sheinbaum fue derrotada totalmente por los clanes Monreal, Salgado y PVEM, quienes en el 2027 todavía no habrá ningún impedimento para que Saul Monreal Ávila, Félix Salgado Macedonio y (LA ESPOSA DEL GOBER DE SLP), se postulen para llegar al cargo donde su hermano, hija y esposo respectivamente, terminan sus mandatos.
El documento de reforma constitucional consolidado en el Poder legislativo prohíbe la reelección inmediata para los cargos de diputaciones, senadurías, Presidencia de la República, gobernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.
Indica que las personas senadoras y diputadas suplentes podrán ser electas para el período inmediato con el carácter de propietarias, siempre que no hubieren estado en ejercicio; pero las personas senadoras y diputadas propietarias no podrán ser electas para el período inmediato con el carácter de suplentes.
Sobre la constitucionalización del "nepotismo electoral", establece como un requisito que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
En el régimen transitorio se expone que la prohibición del nepotismo electoral será aplicable a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030, y la prohibición de la reelección de las personas servidoras públicas tendrá efecto en los procesos electorales federales y locales de 2030.
Precisa que, en consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos públicos a que hace referencia la reforma, no podrán postularse para procesos de reelección.
De igual modo, la Federación, entidades federativas y la Ciudad de México deberán adecuar sus constituciones y demás ordenamientos correspondientes en un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto.
El dictamen a la minuta avalada en sus términos y que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, expone que la implementación de las reformas promoverá la transparencia y la meritocracia en los procesos electorales, lo que contribuirá y fortalecerá significativamente la legitimidad del sistema político mexicano.
Además, con la no reelección y con la prohibición del “nepotismo electoral” se preserva la interdependencia entre democracia, Estado de derecho y protección de los derechos humanos como base de todo el sistema.