IR A PORTADA

Los diputados del Congreso de la ciudad analizarán una iniciativa de reforma del artículo 271 del Código Penal del Distrito Federal que tipifica el tráfico de influencia, para que se aumente la pena de este delito de 5 a 10 años de prisión.

Norberto Nazario Sánchez, legislador del grupo parlamentario de MORENA, presentó en tribuna la proposición, en la que argumentó que “México evidencia claramente los graves índices de corrupción en la prestación de servicios públicos; en particular, en el caso de escuelas, atención de la salud y documentación personal”.

Señaló que, de acuerdo con datos del INEGI, 15 por ciento de los mexicanos que tuvo contacto con algún funcionario dijo haber sido víctima de, al menos un acto de corrupción. Esta cifra aumentó desde 2013, año en el que sólo 12.1 de los encuestados manifestó haber atestiguado, al menos, un acto de corrupción. Y 5.4 % de los establecimientos comerciales denunciaron, en 2017 haber sufrido conductas relacionadas a la corrupción.

“La corrupción de los servidores públicos ha sido una constante en el debate público de los últimos años. La casa blanca, El caso Odebrecht, La estafa Maestra, son ejemplos de incidentes ligados con la corrupción que han sido discutidos en la opinión pública”, dijo.

Detalló que entre los delitos asociados a actividades propias de la corrupción, resalta el tráfico de influencias, es decir, servidores públicos que directamente, o a través de una persona, gestionan negocios distintos a las responsabilidades propias de su cargo.

El pleno del Congreso turnó a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia la propuesta de iniciativa para reformar el primer párrafo del artículo 271 del Código Penal local, para quedar de la siguiente manera:

Al servidor público que por sí o por interpósita persona, promueva o gestione la tramitación de negocios o resoluciones públicas ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, se le impondrán de cinco a diez años de prisión y de cien a quinientos días multa.