La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino estudiará una iniciativa para adicionar un artículo al Código Penal para sancionar a los funcionarios que difundan información, imágenes, audios o videos relacionados con un procedimiento penal, agravado cuando afecte la dignidad de víctimas o sus familiares.

La diputada Guadalupe Morales Rubio explicó que con este proyecto de iniciativa se busca incluir un tipo penal con sanción de dos a ocho años de prisión y de 100 a 400 veces el valor diario de la unidad de medida a los servidores públicos que “haciendo mal uso de sus atribuciones, indebidamente compartan, difundan o permitan la difusión de información, imágenes, audios o videos relacionados con un procedimiento penal; además cuando esta conducta tenga como resultado el menoscabo de la dignidad de la o las víctimas o de sus familiares, dichas sanciones serán duplicadas”.

Comentó que se busca terminar con la impunidad de violaciones en la cadena de custodia de casos como el de Ingrid, “en el que las más lastimosas e injustas imágenes de su cuerpo ocuparon las primeras planas, como si de un espectáculo se tratara”.

“No sólo se trata de defender la dignidad de las víctimas y de sus familiares, razón que por su propio peso es más que suficiente, también se trata de conseguir una justicia pronta y expedita para evitar que las filtraciones provoquen retrasos en la obtención de una condena por los delitos perseguidos”, agregó.

Finalmente, el diputado Pablo Montes de Oca del Olmo expuso una iniciativa para derogar el artículo 266 del Código Penal, relativo a la coalición de servidores públicos, la cual fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

“El tipo penal de coalición de servidores públicos que se pretende derogar mediante la presente iniciativa, no solo invade el ámbito de operación del ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores al servicio del Estado, también atenta contra el ejercicio de sus derechos sociales a través de los medios de acción sindical, lo cual no se justifica conforme al principio de reserva de ley en materia penal, manifestando vacíos y lagunas que van en contra del derecho constitucional de los trabajadores, elevado al ámbito nacional de protección de los derechos humanos y así van en contra de su seguridad jurídica”, aseguró el legislador del grupo parlamentario del PAN.

Explicó que derogar este artículo permitiría “erradicar toda restricción o limitación a los derechos fundamentales, en este caso a los de reunión y manifestación de las ideas y así fortalecer los derechos humanos de asociación y reunión en beneficio de los trabajadores y de todos los habitantes de la Ciudad de México”.