*Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
La Cámara de Diputados aprobó reformar diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de incorporar la perspectiva intercultural en los modelos de atención, prevención y sanción para garantizarles el ejercicio pleno de sus derechos.
El dictamen se aprobó en lo general y en lo particular por 480 votos los artículos no reservados, y con 473 el artículo reservado. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Plantea incluir el término de perspectiva intercultural, que es la concepción garantista de la diversidad y de los derechos de las personas y de los pueblos a su propia identidad cultural y autonomía, así como el de pluralismo jurídico, una garantía de los pueblos y comunidades indígenas.
La finalidad es proporcionar atención psicológica y legal, especializada y gratuita, a quien sea víctima de hostigamiento o acoso sexual. En el caso de mujeres indígenas deberá ser a través del pluralismo jurídico y con perspectiva intercultural.
Incluye promover información desde la perspectiva intercultural sobre la salud sexual y reproductiva de las mujeres indígenas.
Los sistemas normativos de los pueblos indígenas y su derecho a la libre determinación son necesarios. Sus marcos de actuación deben ser acordes con el respeto y goce pleno de los derechos de mujeres, niñas y adolescentes.
El actual marco normativo no da suficientes atribuciones a las instancias gubernamentales, a fin de establecer acciones eficaces ante las desigualdades.
Estamos seguras de que para tener derechos iguales para todas y todos necesitamos políticas públicas específicas.
Estos cambios permitirán establecer medidas de seguridad eficaces que atiendan los principios de perspectiva de género, interculturalidad y pluralismo jurídico.