La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión presencial del Tribunal Pleno, invalidó diversos preceptos de las Leyes de Ingresos de 51 municipios del Estado de Zacatecas, para el ejercicio fiscal 2021, donde se establecían derechos por la expedición de autorizaciones para bailes, fiestas y eventos privados.
Lo anterior, al considerar que condicionaban el ejercicio del derecho de reunión de los habitantes al pago de un permiso, lo que carece de fundamento constitucional.
Asimismo, en virtud de que las normas transgredían el principio de proporcionalidad tributaria.