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Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución de la Sala Regional Xalapa que validó la decisión del Instituto Electoral de Quintana Roo de no incluir al Partido Encuentro Social (PES) en la coalición parcial denominada “Orden y desarrollo por Quintana Roo”.

En su demanda el PES pidió que se privilegie su derecho de participación política y se considere que tiene derecho a integrar la citada coalición junto con los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) para contender en la elección de diputados en el proceso electoral local ordinario 2018-2019 en la referida entidad.

Lo anterior, a partir de una ponderación o interpretación de dos disposiciones constitucionales: el derecho de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país (artículo 35 constitucional), frente a lo dispuesto en el diverso artículo 41, Base VI, segundo párrafo, que establece que en materia electoral la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales, no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o acto impugnado.

El Pleno de la Sala Superior determinó que ningún ejercicio interpretativo o valorativo sería correcto para llegar a la conclusión de que el PES continúa con su registro como partido político, por el hecho de que aún no se resuelve el medio de impugnación que presentó en contra del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que declaró la pérdida del mismo. (Asunto: SUP-REC-42/2019)

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