*Reforma en materia de cuidados promueve la responsabilidad compartida

Esta reforma en la Ley General de Desarrollo Social visibiliza la responsabilidad del Estado a garantizar el derecho a cuidar y a ser cuidado.

La política pública en un estado de bienestar se debe basar en la conceptualización del derecho al cuidado y a ser cuidados.

La reforma es significativa porque con ello se logra que el Estado ya no invisibilice esa tarea que lamentablemente se les endilga a las mujeres de manera desproporcionada.

Lo estamos haciendo realidad, no hay que soñar nada, nos queda muy claro cuál es la obligación del Estado ante este derecho.

Dicha reforma es un peldaño más para el sistema de cuidados y como Legislatura de la Paridad están todas y todos obligados a avanzar en un tema que concierne a todos, pero particularmente a las mujeres, a quienes tradicionalmente se les ha encomendado la tarea del cuidado.

Necesitamos que haya condiciones de dignidad, de calidad, de igualdad, pero ahora a través de una política pública que promoverá la responsabilidad compartida entre familia, sector privado, sociedad civil y el Estado.

Recordemos que en el año 2020 se aprobó en la Cámara de Diputados incluir en la Constitución, en los artículos Cuarto y 73, la creación del Sistema Nacional de Cuidados, facultando al Congreso para crear una ley general en la materia.

Con la reforma al artículo Cuarto constitucional se propuso que el Estado garantizará el derecho al cuidado digno con base en el principio de corresponsabilidad entre mujeres y hombres, las familias, la comunidad, el mercado y el Estado, en las actividades de cuidado.

En ese mismo año, 2020, se aprobó una nueva Ley General del Sistema Nacional de Cuidados que se encuentra aún pendiente de dictaminación en la Cámara de Senadores.

Con la aprobación de ambas reformas se rompe el estereotipo histórico de las labores del hogar y su entorno como sólo cosa de mujeres, condición promovida fundamentalmente por una cultura de discriminación sobre el trabajo no remunerado en el que históricamente se ha asignado a las mujeres la realización de dichas tareas.

Es una aspiración poder contar con un sistema nacional de cuidados, pero que mientras eso sucede hoy se tiene la oportunidad de reconocer en la Ley General de Desarrollo Social la definición de trabajo de cuidados, así como el reconocimiento de que sea realizado en condiciones de dignidad, calidad e igualdad.

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