*Vamos por incrementar los días de aguinaldo a los trabajadores
Planteamos modificar el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo para incrementar los días de aguinaldo a los trabajadores, ya que desde 1970, cuando surgió esa prestación en la ley, no ha tenido cambios significativos.
El documento, remitido a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, establece la posibilidad de que pueda pagarse el aguinaldo hasta en dos partes antes del 20 de diciembre, sumando un equivalente a treinta días de salario, por lo menos, aumentándose un día por cada año subsecuente de servicio a partir del tercero de antigüedad.
Menciona que los 15 días de aguinaldo no son suficientes, y que desde 1970 cuando surgió esa prestación como derecho laboral en la ley, no ha tenido cambios significativos; por ello, tenemos pendiente legislar en la materia.
Considera que para no afectar las finanzas de las empresas se sugiere que el pago del aguinaldo se pueda dar en dos partes, como actualmente se hace en otros países del mundo.
Indica que con la iniciativa se pretende bajar los niveles de trabajo informal a los que se enfrenta la sociedad, pues en este tipo de empleo a los trabajadores no se les garantiza el cumplimiento de sus derechos, los cuales incluyen el acceso a una pensión para vejez, una jornada laboral, liquidación, vacaciones y aguinaldo por ley, entre otras prestaciones.
Destaca que el objetivo es que las personas, al momento de elegir una oportunidad laboral, contemplen que en un trabajo formal se les estaría dando prestaciones de ley, lo que se vería reflejado en su calidad de vida y mayor estabilidad económica.
Refiere que esa prestación se da en Argentina, Puerto Rico, Chile, Nicaragua, Colombia, Brasil, Italia, Francia, Grecia, Austria, Chipre, Singapur, Taiwán, China y Hong Kong; en estos dos últimos el aguinaldo equivale a un mes de salario y se otorga en el año nuevo chino.
Respecto a América Latina, en Nicaragua y Bolivia corresponde a un mes de salario, mientras que en Brasil se otorga en noviembre y diciembre, y en Colombia se da en dos partes: la primera en junio y la segunda en diciembre. Casos similares son Argentina y España, en este último se da en Navidad y en verano.
Por ello, argumenta, la propuesta planteada es viable y se reitera que no se afectaría las finanzas de las empresas; por el contrario, se encontraría con trabajadores mucho más comprometidos y con mayor estabilidad.
Cerremos un poco la brecha que existe entre los trabajadores del sector privado y los del público, quienes reciben 40 días de aguinaldo y tienen la posibilidad de que se les dé en dos partes.