La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala ejerció su facultad de atracción para conocer de un asunto que le podría permitir el estudio de la denominada violencia obstétrica como una forma de violencia de género relacionada con el derecho a la salud de la mujer, en particular, con la prohibición de discriminación y subordinación en la prestación de servicios de salud.

En el asunto se plantea la posibilidad de continuar la línea jurisprudencial de la Primera Sala en relación con la obtención adecuada del consentimiento informado para la realización de tratamientos médicos invasivos e irreversibles; lo que podría llevar a determinar si existe responsabilidad solidaria entre médicos e instituciones por mala práctica de alguno de ellos.

Además, esta atracción podría constituir una oportunidad para definir el concepto de la esterilización forzada como una violación a la integridad personal y al derecho a la autonomía reproductiva derivado de la imposición de un determinado método anticonceptivo por el personal de una institución pública o como elemento de una política pública implícita.

Y permitirá continuar en la construcción de la doctrina en torno al derecho de las mujeres a la autonomía reproductiva, así como al libre desarrollo de la personalidad.

Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 57/2019. Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Sesión 4 de septiembre de 2019.

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