Por Sergio Ramírez Zúñiga

Algunos dirigentes del Partido Morena influenciaron a la jefa de gobierno de la CdMx, Claudia Sheinbaum, para que cancelara un contrato de inversión extranjera en perjuicio de empresas originarias de Estados Unidos y Canadá, lo cual derivó en violaciones a varios artículos del Capítulo Once del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

El asunto, como era de esperarse, pasó a jurisdicción del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), con sede en Washington.

Las denuncias fueron depositadas en la Dirección General de Inversión Extranjera y la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, dependientes de la Secretaría de Economía federal, por el representante jurídico de las empresas afectadas, Fabio Massimo Covarruvias Piffer, un influyente jurista en el ámbito de los tribunales que resuelven los conflictos en el contexto de los tratados de libre comercio y acuerdos bilaterales de inversiones.

Este conflicto mercantil involucra a los corporativos L1bero Partners LP de Alberta, Canadá, Espíritu Santo Technologies LLC y L1bre Holding LLC (L1bero y otros originarios de Delaware de Estados Unidos, especializados en sistemas digitales para el equipamiento de taxis en la CDMX, cuyos directivos alegan haber hecho millonaria inversión en un contrato firmado con la Secretaría de Movilidad (Semovi). Por separado y con fecha diferente, cada grupo empresarial presentó su propia denuncia.

Según el texto de la denuncia contenida en diez cuartillas documentadas por la Secretaría de Economía federal, en primera instancia la representación legal de las empresas extranjeras presentó en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal una querella de hechos el 6 de marzo de 2019, de acuerdo con el expediente SEMOVI/DGSTPI/001/2016, a través del cual exigen el pago de daños y perjuicios.

A la fecha, la PGJDF no ha hecho nada al respecto

Ante la actitud omisa de la procuraduría capitalina, el 29 de marzo del 2019, el representante legal de las empresas, Fabio Massimo Covarruvias Piffer, depositó en la Dirección General de Inversión Extranjera y la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Secretaría de Economía, copia original del Aviso de Intención para someter a arbitraje internacional el caso que nos ocupa de conformidad con el Anexo 1137.2 del TLCAN.

En la denuncia quedó asentado que el 17 de julio de 2018, dos semanas después del triunfo de Andrés Manuel López Obrador como presidente, y de Claudia Sheiunbaum como jefa de gobierno de la CDMX, dirigentes locales de Morena anunciaron públicamente que tenían la intención de cancelar el nuevo sistema de tabletas con la ayuda de la jefa de gobierno. 

Un par de semanas después, Sheiunbaum confirmó su apoyo a la medida anunciada por los morenistas para retirar la plataforma libre que estaba incluida en el paquete contratado a las empresas de Canadá y Estados Unidos de referencia.

La ficha técnica de las empresas canadienses está fechada el 2 de abril de 2019 al amparo del Capítulo XI del TLCAN. Argumentan que distintas actuaciones del gobierno mexicano afectaron la inversión que se realizó en la empresa Lusad S. de R. L. de C.V., la cual es concesionaria para la sustitución, instalación y mantenimiento de taxímetros para el transporte público individual de pasajeros para la Ciudad de México (taxi) con sistema de geolocalización y para el desarrollo, operación y explotación de una aplicación móvil para solicitar el servicio de taxi de forma remota en la Ciudad de México. L1bero y otros aseguran que existen violaciones a los Artículos 1102, 1104, 1105 y 1110 del TLCAN.

En otra ficha técnica, fechada el 4 de junio del 2019, las empresas Espíritu Santo Holdings, LP (ESH) reclaman un arbitraje internacional por presuntas violaciones al TLCAN. Argumenta que el gobierno mexicano afectó la inversión que se realizó en la empresa Lusad S. de R. L. de C.V., concesionaria para la sustitución, instalación y mantenimiento de taxímetros para el transporte público individual de pasajeros para la Ciudad de México (taxi) con sistema de geolocalización y para el desarrollo, operación y explotación de una aplicación móvil para solicitar el servicio de taxi de forma remota en la CDMX.

En este sentido, el corporativo de origen estadounidense sostiene que existen violaciones a los principios del TLCAN en los Artículos 1102, 1104, 1105 y 1110.

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