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Las distintas fracciones parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México se manifestaron a favor de reformar el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Distrito Federal, a fin de reconocer y sancionar con mayor severidad el acoso y la violencia sexual por medios digitales.

“La violencia cibernética contra las mujeres y las niñas es un problema de proporciones pandémicas”, afirmó la diputada Alessandra Rojo de la Vega, del grupo parlamentario del PVEM, quien presentó la iniciativa a la que sumaron su apoyo las fracciones parlamentarias de MORENA, PAN, PVEM, PRD, PRI y PES.

“Proponemos reformar el Código Penal para que los espacios digitales sean considerados como medios utilizados para cometer delitos de acoso sexual, trata de personas y amenazas, todo ello con la intención de detener la impunidad”, expresó Rojo de la Vega.

“No somos objetos. Respétenos. Lo virtual también es real y debemos garantizar que las mujeres, niñas y adolescentes estemos seguras también en internet”, resaltó la legisladora. Esta iniciativa fue turnada para su análisis y dictamen a las Comisiones de Administración y Procuración de Justicia, e Igualdad de Género.

Iniciativa contra el ‘gruming’ del diputado Miguel Salazar

Por su parte, el diputado Miguel Ángel Salazar Martínez, de la fracción parlamentaria del PRI, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un artículo 183 bis al Código Penal para el Distrito Federal, a fin de sancionar la interacción de adultos con menores de edad a través de internet con fines de satisfacción sexual, prácticas conocidas como gruming y sexting.

En este sentido, el diputado Salazar Martínez informó que el 38 por ciento de los usuarios de internet tienen entre 6 y 18 años, y que la edad de inicio de la interacción social en espacios digitales actualmente se ubica en los 8 años de edad, conforme a cifras de la Asociación Mexicana de Internet.

“Se propone sancionar a aquellas personas que haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicación, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos contacte a una persona menor de 18 años de edad, a quien no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o la persona que no tenga capacidad para resistirlo, y le requiera imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o le solicite un encuentro social”, expresó.

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