Por Augusto Cabrera

Año tras año y por estas fechas, muchos pensionados me escriben a mi blog www.elpensionado.com, preguntando si los aumentos que se otorgan a los salarios mínimos también se darán a las pensiones, tanto a las ya concedidas, como a las que están en trámite y se otorgan mes tras mes por parte, sobre todo, de las dos grandes instituciones de la seguridad social de México: IMSS e ISSSTE.

Lamentablemente, les comento que NO aplican a las pensiones esos magníficos incrementos (así hay que reconocerlo) del 20% a los mínimos generales y un 5% a los de la Frontera Norte, alcanzados en el seno de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), y que entrarán en vigor el primero de enero del 2020. ¿Por qué?

Porque desde el 2002, se cambió la legislación al respecto (en vigor en el 2003) y que estuvo aplicándose en el siglo XX. Recuérdese que todo mundo se quejaba de que los salarios mínimos eran inflacionarios y, además, que siempre quedaban rebasados por la inflación (lo que era cierto), y que sería mejor, para que no perdieran poder de compra, que las pensiones, por ejemplo, aumentaran conforme al alza que tuviera el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) de cada año.

Después de varios años, se decidió que, en efecto, a partir de 2003, las pensiones comenzaron a actualizarse conforme al incremento anual que tenía la inflación. Y desde entonces así ha venido sucediendo, es decir, que el aumento de las pensiones se desligaron del incremento que se otorga a los salarios mínimos.

Fue hasta el 2015 (y que entró en vigor en el 2016) que los salarios mínimos dejaron de ser considerados como la unidad de medida y actualización de muchas cosas. Entre ellas, del pago de las cotizaciones al IMSS y, por ende, del cálculo de las pensiones en trámite. En su lugar, se creó y adoptó la llamada UMA, que es precisamente la Unidad de Medida y Actualización, cuyo valor cambiaría, año con año, conforme al incremento de la inflación (INPC).

De esta manera y desde el 2016, el método de determinación de los aumentos para los salarios mínimos (SM) y para la UMA es radicalmente distinto. Los primeros (SM) los puede aumentar el Gobierno Federal prácticamente cuando se le dé la gana y en el monto que negocie con los patrones, a través de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), tal como lo acaba de decretar para este feneciente 2019 y que aplicará en el inminente 2020.

No sucede lo mismo con las pensiones que aumentan cada año, a partir de febrero del 2003, pero conforme al alza que haya alcanzado la inflación, técnicamente conocida como Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) durante los 12 meses del año inmediato anterior, nivel que, mes tras mes, mide y da a conocer el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEGI).

Así, el nivel anual que alcance el INPC en el 2019 (enero-diciembre) lo publicará el INEGI el 8 de enero del 2020, y se aplicará a las pensiones a partir del primero de febrero próximo y es muy probable que ronde el 3%.

No pasa lo mismo –reitero– con los salarios mínimos, pues éstos pueden aumentar en cualquier mes del año y en el monto en que lo acuerden obreros, patrones y autoridades federales.

Ahora bien: debido a que la inflación está bajo control desde hace varios sexenios (entre 3% y 4% anual), las alzas salariales a los mínimos se decretan hacia finales de cada año para que entren en vigor el primero de enero (no de febrero) del siguiente. Para el 2020, como se ha informado en estos días, se ha acordado en el seno de la CONASAMI aumentar en un 20% los salarios mínimos generales, y un 5% en los de la Frontera Norte.

Así, el valor de un salario mínimo general para el 2020 pasa de $102.68 (del 2019) a $123.22 pesos, es decir, $20.54 pesos diarios más, que se desglosan de la siguiente forma: $14.67 pesos por concepto de Monto Independiente de Recuperación (MIR), que subiría a $117.35, y sobre esta última cantidad un 5% de incremento ($5.87 pesos más), sumando un total de $123.22 pesos diarios. Para la Frontera Norte, el salario mínimo aumenta un 5%, pasando de $176.72 a $185.56 pesos diarios.

La UMA, en cambio y desde su nacimiento en el 2016, ha tenido un ritmo de crecimiento muy menor al de los salarios mínimos. Ese año, valían lo mismo: $73.04 pesos diarios. Hoy en día, la UMA tiene un valor diario de $84.49 pesos, es decir, $18.19 pesos diarios menos frente a los $102.68 pesos diarios que han alcanzado los salarios mínimos al 2019, diferencia que subirá a unos $36.00 pesos para el 2020, considerando para el 2020 un nivel de inflación (INPC) del 3.0% aplicable a la UMA.

Esta pérdida de valor de las pensiones es una de las asignaturas pendientes de los últimos tres sexenios (incluido el actual). El último Presidente de la República que otorgó un aumento general del 11% a todas, absolutamente todas las pensiones, fue Vicente Fox Quezada. Eso fue en el 2002.

¿Pagará esta deuda el Presidente Andrés Manuel López Obrador? En mi opinión, sí lo va a hacer. ¿Cuándo y de qué monto? Esta es la gran incógnita.

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