Legislan en la Cámara
La diputada María del Rocío Corona Nakamura impulsa iniciativa para establecer que quienes no cuenten con la autorización otorgada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) no puedan operar, ofertar servicios ni ostentarse o promocionarse como Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital, a fin de erradicar aquellas que se encuentran fuera del marco y regulación de la ley, e impedir que sigan operando.
En el documento que reforma el artículo 11 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, establece que las ITF deberán proporcionar a sus clientes el contrato que respalde sus servicios en donde se señale con lenguaje sencillo y claro la totalidad de conceptos, montos, retenciones, intereses o cualquier otro cargo que se cobrará.
Menciona que no podrán, bajo ninguna circunstancia, cobrar intereses más allá del tiempo de duración de los contratos; modificar los términos, plazos, montos o condiciones acordadas durante el tiempo que dure el contrato; así como impedir o penalizar el pago anticipado de los préstamos o créditos.
También, utilizar la información del cliente con fines publicitarios o de marketing y solicitar la instalación de aplicaciones informáticas o el permiso para acceder directa o indirectamente a la información de los clientes contenida en sus teléfonos celulares, tabletas, computadoras o cualquier otro dispositivo electrónico o digital con el fin de disponer de información como números de contactos, fotografías o videos.
La iniciativa, enviada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, busca regular el funcionamiento y operación de las aplicaciones que, dentro del marco de la ley y la regulación de las autoridades correspondientes, promuevan, presten sus servicios y operen dentro de del país.
“No se trata de estar en contra de este tipo de recursos financieros, sino que todas las aplicaciones o compañías, sin excepción alguna, que ofrezcan servicios de préstamos o créditos rápidos funcionen y operen con la regulación necesaria para garantizar su adecuado actuar e impedir que sean fachada para encubrir delitos que atenten en contra de la paz, la tranquilidad, la salud, la integridad y el patrimonio de nuestras familias”, añade.
El documento de la diputada Corona Nakamura indica que se trata de portales que no tienen una oficina establecida, una representación legal o representante ni pagan impuestos; tampoco cuentan con un reconocimiento como persona moral o el respaldo de alguna institución financiera y mucho menos el registro de las autoridades.
Relata que, en México, del total de estas aplicaciones y empresas de préstamos y créditos rápidos “solo el 18 por ciento están reguladas y entregan los créditos que ofertan, y el otro 82 por ciento solo recolecta datos. Al respecto de las que entregan los créditos, lo hacen a intereses imposibles de pagar y cuando esto sucede, es cuando usan los contactos guardados en la aplicación para llamarles y hacer labores de cobranza”.
Además, al menos “el año pasado se presentaron mil 505 quejas de fraude al solicitar un crédito exprés, 39 por ciento del total de los casos que se plasmaron en el Portal de Fraudes Financieros de la Condusef. Dentro de éstas hay unas con características de acoso”.
“Estamos ante un delito frente al cual no hemos hecho realmente nada para combatirlo, erradicarlo, prevenirlo o, cuando menos, sancionarlo. No podemos ser indiferentes ante esta problemática y tampoco ser omisos respecto la corresponsabilidad que tenemos ante la sociedad como sus representantes”, agrega.