Paula Bertolini y Jorge Bravo
(dpl news) Se presentó en la Cámara de Senadores el proyecto de Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que envió el Poder Ejecutivo como ley secundaria en materia de telecomunicaciones, luego de que el Congreso extinguió el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la reforma ordenó presentar una nueva legislación.
“La conectividad debe consolidarse como una política de Estado que garantice la inclusión digital de comunidades históricamente excluidas y personas en situación de pobreza, asegurando así el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales en la era digital”, detalla en proyecto.
Principalmente, el documento asigna y determina las funciones y atribuciones de la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), excepto las declaraciones de preponderancia, la cual corresponderá a la autoridad de competencia económica y libre concurrencia, la cual todavía no existe.
Espectro
En materia de espectro, entre las atribuciones de la ATDT se encuentra la de fijar tanto el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones, así como por la autorización de servicios adicionales a éstas. Determina que para las contraprestaciones se pedirá opinión a la Secretaría de Hacienda, aunque será no vinculante. Con ello no se reducen los precios del espectro, porque es la Ley Federal de Derechos la que mantiene los cánones anuales que fija Hacienda y avala el Congreso de la Unión.
El proyecto reconoce los altos costos asociados al uso de las frecuencias, y propone revisar los esquemas tarifarios del espectro. La propuesta contempla que los concesionarios puedan acceder a la aplicación de un descuento sobre el monto total de las contribuciones por el uso o explotación del espectro, a cambio de obligaciones de cobertura social.
También preserva concesiones comerciales para el Estado sin contraprestación, para cumplir objetivos de cobertura social.
Propone, asimismo, nuevas formas de asignación de espectro para facilitar la experimentación, incluidos modelos de autorizaciones para estaciones terrenas de comunicación satelital, plataformas de gran altitud, uso secundario, los entornos de prueba conocidos como sandboxes regulatorios, acceso dinámico y uso compartido de espectro.
También sugiere mecanismos para adoptar tecnologías emergentes como el acceso a comunicaciones satelitales directo al dispositivo (D2D).
El texto reconoce que el aumento de la demanda de tráfico requiere “una gestión estratégica del espectro radioeléctrico, recurso limitado y altamente demandado, bajo diversos principios como el de neutralidad tecnológica”, y que tenga entre sus objetivos: satisfacción al cliente de demanda de servicios inalámbricos, prevención de interferencias y la innovación inalámbrica.
No hay cambios generales en el régimen de concesiones, pero entran en juego las comunidades afromexicanas. Además, entre los requisitos para obtener una concesión única entran requisitos de igualdad de género.
Preponderancia
En el documento se mantiene la preponderancia. Será autoridad de competencia económica y libre concurrencia (la cual no se ha creado y estará subordinada a la secretaría de Economía) la responsable de hacer las declaraciones de preponderancia, en tanto que la ATDT será la encargada de establecer las medidas de regulación asimétrica.
“La regulación asimétrica debe ser implementada por la autoridad coordinadora del sector, en este caso la Agencia, con base en los hallazgos de la autoridad de competencia económica, pero sin que esta última tenga la facultad exclusiva de regular el mercado”.
Se mantiene sin cambios de la legislación de 2014 que un agente será considerado preponderante cuando su participación nacional sea mayor al 50 por ciento medido en número de suscriptores, audiencia, tráfico en sus redes o por la capacidad de las mismas.
“La Agencia establecerá criterios de medición de tráfico y capacidades de las redes públicas de telecomunicaciones de los concesionarios”, detalla el documento. También establece que una vez que la Agencia cuente con la declaratoria de un AEP elaborará un proyecto preliminar de resolución de imposición de medidas o, en su caso, de modificación, adición o suspensión de medidas, derivado de la revisión de la idoneidad.
Despliegue de infraestructura e interconexión
La Agencia, dice el documento, promoverá la homologación, simplificación y digitalización de los trámites relacionados con la instalación, despliegue, mantenimiento y retiro de infraestructura de telecomunicaciones.
El proyecto propone que los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones estén obligados a interconectar sus redes con las de otros concesionarios en condiciones no discriminatorias, transparentes y basadas en criterios objetivos.
Redes privadas
Para el fomento y transformación digital de las industrias, la ley introduce las figuras de Red de Radiocomunicaciones Inteligentes, una red que se establece en una área geográfica delimitada, de uso exclusivo para necesidades particulares de industrias u otros sectores, y que se encuentra separada de forma lógica, técnica y/o física de las redes de telecomunicaciones.
Otras disposiciones
El documento incluye un capítulo de reordenamiento, retiro y soterramiento de infraestructura, así como un breve capítulo de sobre plataformas digitales para determinar su bloqueo por parte de la ATDT.
No hay mayores cambios sobre la colaboración del sector con la Justicia ni sobre derechos de las audiencias. Lo que sí desaparece, a diferencia de la Ley Federal de Telecomunicaciones, es el capítulo de propiedad cruzada, que afectaba principalmente al sector tradicional de los medios de comunicación y la radiodifusión.
También establece que la cobertura universal y la conectividad en sitios públicos queda a cargo de la ATDT, cuando era una facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Una novedad es el artículo 201 que establece, para los concesionarios de servicio de radiodifusión y televisión, la prohibición de propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo de gobiernos o entidades extranjeras, con excepción de la promoción turística o cultural.
Lo anterior debido a la difusión de un spot antiinmigrante financiado por el gobierno de Estados Unidos en medios electrónicos mexicanos.
Se establece el desbloqueo obligatorio de teléfonos móviles, la prohibición de contratos de exclusividad con puntos de venta y distribución de terminales móviles y se modifican algunos porcentajes en el régimen de multas en cuanto a sus montos.