En mi carácter de diputado federal integrante de Morena, presenté la siguiente iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

México y el mundo enfrentamos la pandemia más grave de los últimos 100 años. El Covid-19 alcanzó 11.2 millones de personas contagiadas, superó los 528 mil decesos en todo el mundo, desde que inició el brote en la ciudad de Whuan, en China en diciembre del 2019.

En México el día de hoy tenemos 32 mil lamentables fallecimientos, cifras dramáticas que serían mucho más graves si no se hubieran tomado todas las medidas de contención que se han instrumentado.

Esta pandemia está generando profundos daños tanto en la salud física de la población, como en la situación económica de nuestra de nuestro país, por ello, el Gobierno Federal ha replanteado los supuestos de crecimiento económico, recaudación y nivel de gastos para el año 2020, tales como la reducción del PIB del 4 por ciento, la disminución de los ingresos petroleros en el 42 por ciento y la caída de las recaudaciones federales de 5.3 por ciento.

Dado que el 90 por ciento de los ingresos que ejercen las autoridades estatales y municipales corresponden a transferencias del Gobierno Federal y que éstas, derivado de la contingencia económica por la que atraviesa el país, se verán disminuidas respecto al presupuesto aprobado en el año 2020, comprometiendo seriamente a las finanzas locales de los gobiernos estatales y municipales.

Hoy es muy necesario adoptar medidas para atenuar el impacto negativo, para poder hacer frente a las necesidades urgentes y gastos extraordinarios en materia de salud, de protección civil, seguridad y de reactivación económica derivado de las medidas sanitarias, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios ante la realidad de disminución de los ingresos federales, están teniendo que hacer uso de los instrumentos financieros de endeudamiento a corto plazo.

En ese sentido, el artículo 22 de la Ley de Disciplina Financiera de Entidades Federativas y los Municipios establece que los financiamientos contratados por gobiernos estatales y municipales deben ser destinados a inversión pública productiva y que ésta no contempla en el artículo 2, fracción vigesimoquinta, el gasto emergente en los rubros de salud, protección civil, seguridad ni reactivación económica, los cuales representa un imprescindible bien público con muy claro beneficio para enfrentar la contingencia.

Según el informe del Ejecutivo Federal de Hacienda a nivel nacional, en el primer trimestre de 2020 establece que las deudas en términos reales han disminuido en tanto en los términos de proporción al PIB, son realmente estables, encontrándose hoy en su nivel más bajo de los últimos nueve años, representando apenas el 2.7 por ciento del PIB nacional.

En ese mismo informe indica que el plazo promedio restante de las obligaciones de las entidades federativas y los municipios es sostenible y que de acuerdo a los indicadores, el promedio del periodo de pago del saldo de los financiamientos y obligaciones contratados por las entidades federativas y los municipios es de 8.4 años.

Es decir, su pago no es principalmente este año, por lo tanto, la proporción de la deuda respecto al PIB como el plazo promedio remanente de las mismas, sirve como indicador de riesgo moderado que representa la deuda de los gobiernos locales y que permite un margen de endeudamiento.

De acuerdo al Sistema de Alerta de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el primer trimestre de 2020, 27 entidades federativas se encontraban en un nivel de endeudamiento sostenible y cuatro de ellas de un nivel con observación, alejado del nivel de endeudamiento elevado.

Por lo que la situación de la deuda de los gobiernos locales puede ser considerada, en su conjunto, como sostenible y con capacidad para mayor endeudamiento.

En razón por lo anterior, la presente iniciativa tiene como objeto permitir el financiamiento y (inaudible) los gastos en los rubros de salud, protección civil y seguridad, dado que se reconoce la situación que atraviesa la economía nacional y que para los gobiernos locales también es una emergencia y una corresponsabilidad, por lo que son gastos necesarios e imprescindibles para el bienestar de la población y el mantenimiento de la economía y el empleo.

Es por ello que en la presente iniciativa propongo reformar los artículos 31 y 32 y adicionar un transitorio a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

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