Jalón de orejas del TEPJF
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Sala Regional Especializada emitir nueva sentencia que motive y justifique si se actualiza o no una afectación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda respecto de un desplegado a favor de la precandidata presidencial Claudia Sheinbaum Pardo.
La máxima instancia del país en materia electoral, por mayoría de votos y en sesión virtual revocó la resolución de dicha Sala, que sostuvo que el desplegado que supuestamente favorecía a la entonces precandidata presidencial Claudia Sheinbaum Pardo, constituía propaganda política y ordenó emitir una nueva en la que, de manera exhaustiva y motivada, justifique su determinación.
A partir del proyecto presentado por la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, se consideró que la responsable omitió justificar cómo se afectó el proceso electoral y, con ello, se abstuvo de brindar razones acerca de cómo se pusieron en riesgo los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, como base para tener por actualizadas las infracciones denunciadas.
Por tanto, las consideraciones expuestas por la Sala responsable son insuficientes para demostrar cómo fue que el desplegado incidió o tuvo un impacto real en la equidad de la contienda, ya que se prejuzgó sobre la posible existencia de una conducta infractora.
Toda vez que, sin un análisis exhaustivo y sin sustento probatorio o argumentativo la responsable afirmó que las expresiones contenidas en el desplegado en el contexto de las precampañas del proceso electoral federal inmediato pasado, incidieron en el proceso electoral, por el simple hecho de que se trataba de referencias que en su opinión evidenciaban muestras de apoyo de servidores públicos a la entonces precandidata presidencial Claudia Sheinbaum.