*Bases de inconstitucionalidad contra de las reformas electorales
Con las jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estoy seguro que se va anular lo que aquí sucedió el martes y en la madrugada del miércoles pasado.
Con ello demostraremos que hay suficientes elementos para anular las reformas electorales, aprobadas por las y los legisladores de Morena, PT y PVEM.
De acuerdo con las jurisprudencias 35/2007, 37/2009 y la 153/2007, se requiere un debate democrático y deliberativo de las y los diputados, para que tengan conocimiento previo de aquello que se va a votar.
Hay tres actos de lo aprobado en materia electoral. Primero, se deja en estado de mínima subsistencia a la estructura del Instituto Nacional Electoral; se afecta al servicio electoral; se eliminan las posibilidades que tiene el INE de supervisión, de monitoreo de las actividades electorales y de capacitación para quienes van a integrar las mesas directivas.
Segundo, se elimina la especialización técnica del personal del INE y se da paso al 90 por ciento de lealtad y al 10 por ciento de especialización técnica; es decir, se rige por el principio del gobierno del presidente López Obrador.
De esta forma ya no se requerirán los concursos, méritos, experiencia y capacidad técnica. Ahora, se va a requerir el influyentismo, el compadrazgo y los cuates, para nombrar a los funcionarios del INE, de acuerdo con lo aprobado el miércoles.
Y tercero, de facto se autorizan los actos anticipados de campaña para que las “corcholatas” sigan rodando por todo el país. Ahora sus sanciones serán mínimas y, lo que se esperaba, se elimina la posibilidad de que se anulen las candidaturas.
Eso es lo que ha ocurrido con esta modificación legal. Ahora bien, ¿cómo se llamó esta obra? Solas no pueden, las “corcholatas”, necesitan ayuda.