La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá de un recurso de revisión que permitiría ampliar las pautas para hacer efectivo el derecho a la reparación integral de las víctimas directas e indirectas de un feminicidio.
En el caso, se reclama la resolución que emitió la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México sobre el plan individual de reparación integral del daño en favor de una víctima directa de un delito de feminicidio, así como de las víctimas indirectas, por lesiones graves a sus derechos humanos.
Se resaltó que en la Constitución Federal se reconoce el derecho a una reparación integral para las víctimas de violaciones a los derechos humanos y que el alcance de este derecho ha estado en constante desarrollo en diversas leyes y en las determinaciones que ha emitido este Alto Tribunal y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Por lo anterior, es oportuno continuar con el establecimiento de directrices que permitan hacer efectivo este derecho a través de medidas de restitución, con una visión de derechos humanos y transversalidad, cuando se involucran figuras como el proyecto de vida, daño emergente, daño moral, lucro cesante, derecho a la verdad y justicia, entre otras.
Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 387/2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelta en sesión de 25 de octubre de 2023.