La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a una trabajadora que cuida a su hermano con discapacidad para que sea declarado como familiar derechohabiente, garantizando su acceso a la seguridad social, debido a que, al morir sus padres, asumió la custodia, vigilancia y atención, volviéndose su dependiente económico.
La Sala consideró que la norma que prevé quiénes se pueden considerar familiares derechohabientes es discriminatoria al excluir a un grupo que debía ser protegido por ella, pues en ausencia de otros familiares responsables, el hermano con discapacidad puede equipararse a un hijo con discapacidad para acceder a los beneficios del ISSSTE. Así, la protección se amplía y no se limita a un esquema restrictivo de familia.
Amparo en revisión 5/2025. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 19 de marzo de 2025 por unanimidad de 4 votos.