El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalizó la discusión de la acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada.
Consecuentemente, precisó que la invalidez del total de los cambios normativos introducidos por el Decreto mediante el cual se adicionaron y reformaron diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión surtiría efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos. Asimismo, puntualizó que dicha invalidez sería total respecto de los preceptos adicionados y parcial por las normas reformadas, a fin de no generar un vacío normativo.
En otro orden de ideas, determinó sobreseer en la controversia constitucional 71/2021 promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, debido a que las normas impugnadas en este asunto habían cesado en sus efectos con motivo de la invalidez decretada en el asunto previo.
Acción de Inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y diversos Senadores integrantes de la LXIV Legislatura, contra el Congreso de la Unión y otra autoridad, demandando la invalidez del Decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021.