La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión remota, resolvió que es constitucional el artículo 827 de la Ley Federal del Trabajo, que prevé la figura de la prueba de inspección en un juicio laboral.

Lo anterior, al señalar que el artículo 827 de la Ley Federal del Trabajo sólo prohíbe las negaciones sustanciales, es decir, las que recaigan sobre cuestiones indeterminadas de difícil o imposible demostración, no así las negaciones formales referentes a hechos concretos que sí son susceptibles de corroborarse mediante la prueba de inspección.

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