El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó por unanimidad de votos el acta de la sesión de 7 de abril de 2022 en la que se resolvió la acción de inconstitucionalidad 64/2021.

En ella se asentó —con base en la versión taquigráfica y la videograbación de la sesión— que el citado medio de control constitucional se desestimó respecto de diversos artículos de la Ley de la Industria Eléctrica, al no obtenerse la mayoría calificada de 8 votos para declarar su invalidez. Respecto del resto de artículos, se reconoció su validez, al obtenerse una mayoría de votos por su constitucionalidad.

Por otra parte, respecto de los ministros que votaron diferenciadamente en los temas relativos a competencia económica y medio ambiente, el Ministro Presidente Arturo Zaldívar solicitó que aclararan el sentido de su voto: el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena precisó que su voto era por la invalidez, y el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que el suyo era por la validez.

En este sentido se aprobaron por unanimidad los puntos resolutivos y se llevó a cabo la declaratoria formal, por lo que lo resuelto en dicha sesión constituye cosa juzgada.

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