En acuerdo sostenido hoy entre los ministros que conforman la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se informa que:

El artículo 94 constitucional establece que la remuneración que perciban los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo.

Por su parte, el artículo 123 constitucional establece el principio de que a trabajo igual debe corresponder salario igual.

Derivado de lo anterior, las percepciones que reciben los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de los otros poderes.

Sin embargo, ello no impide que en ejercicio de su independencia y autonomía de gestión presupuestal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza una autorregulación de las remuneraciones de sus integrantes bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que la propia Constitución establece.

En estas condiciones, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó, como medida de racionalidad del gasto público, que las remuneraciones de los 11 ministros serán disminuidas en un 25 por ciento respecto de las percibidas en el ejercicio fiscal 2018.

Asimismo, la presidencia de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal, revisarán y, en su caso, publicarán los montos de las remuneraciones de Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación -conforme a lo aprobado en el PEF 2019- a efecto de asegurar, como mandata el artículo 94 constitucional, arriba citado, que sus remuneraciones no sean disminuidas durante su encargo.

Las determinaciones anteriores obedecen a la nueva política de austeridad impulsada por la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y serán complementadas con otras medidas que serán oportunamente comunicadas a la opinión pública. También, se tomarán medidas para asegurar la independencia de Magistrados, Jueces y de todos los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación frente a otros Poderes.

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