El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó en su totalidad el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, publicado el 15 de julio de 2023, al advertir que, durante el proceso legislativo seguido para su aprobación, se cometieron las siguientes violaciones de carácter invalidante:
- No se advirtió que se hayan cumplido las reglas que garantizan a los legisladores el conocimiento del dictamen legislativo, de manera previa a su aprobación por el Pleno del Congreso del Estado.
- No se respetaron los plazos legales establecidos.
- Aunque las circunstancias de la falta de observancia de los plazos legales para discutir y aprobar el dictamen legislativo fueron hechas del conocimiento del Pleno del Congreso local, ello fue ignorado.
- Existen discrepancias entre el dictamen aprobado y el decreto publicado.
En caso de que el Congreso local determine legislar con posterioridad al proceso electoral en curso, deberá llevar a cabo las consultas correspondientes entre los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a fin de respetar sus derechos.
Acciones de inconstitucionalidad 172/2023 y sus acumuladas 173/2023, 174/2023 y 175/2023, promovidas por los partidos políticos Morena del Estado de Querétaro, del Trabajo y Morena, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Electoral del mencionado Estado, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad de 15 de julio de 2023. Ponente: Ministra Loretta Ortiz Ahlf. Secretariado: María del Carmen Tinajero Sánchez y Ramón Jurado Guerrero.