*No es mi asunto si se amparan contra reducción salarial
Si se amparan contra ley de remuneraciones ya no es un asunto que dependa de nosotros, no es conmigo, es con la ley. La Constitución establece que ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República.
El artículo 127 de la Constitución, y aplica para todos, hay la excepción cuando se trata de especialistas en ciertas materias o quienes realizan un trabajo específico que requiere especialidad, que implica un conocimiento especial, riesgos.
Pero en ese caso no puede tampoco superar el sueldo de un funcionario más del 50 por ciento de lo que gana el presidente de la República, es decir, si yo gano 108 mil pesos mensuales, un especialista, alguien que tenga este matiz, esta característica podría ganar 150, 160 mil, no más, eso es lo que establece la Constitución.
Entonces, si se amparan, que además es un derecho que tienen, no sólo los servidores públicos, sino todos los ciudadanos, si recurren al amparo de la justicia, son las autoridades competentes las que van a resolver y nosotros somos respetuosos de las decisiones que tome, en este caso, el Poder Judicial, que es al que compete resolver, en definitiva.
Entonces, no vamos nosotros a imponer nada, es aplicar la legalidad existente.
4-01-2019