*Buscamos que se garantice el derecho de vivienda digna
La Ley establece que sus disposiciones deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social y por ello propongo reformar el artículo 4 de la Constitución, párrafo séptimo, a fin de garantizar que todas las personas puedan ejercer su derecho a una vivienda digna y decorosa.
Mi proyecto tiene el propósito de sustituir la palabra “familia”, por la de “persona”, ya que la Constitución Federal refiere que “toda familia” tiene derecho a una vivienda, lo que implica que las personas en lo individual quedarían exceptuadas de acceder a este derecho.
Si los Tratados Internacionales, la Ley de Vivienda y sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación refieren un derecho que tienen reconocido todas las personas, que es congruente con la naturaleza de los derechos humanos y fundamentales, es necesario que se cambie la redacción del actual séptimo párrafo del artículo 4 de la Constitución General de la República, para sustituir la palabra familia, por la de persona.
La Ley de Vivienda, reglamentaria del artículo 4 de la Carta Magna, en su numeral 3, establece que sus disposiciones deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social.
De manera que toda persona, sin importar su origen étnico o nacional, el género, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil, pueda ejercer su derecho constitucional a la vivienda.
Recordemos que las autoridades del Estado mexicano, por mandato constitucional, tienen la obligación de tomar medidas para que las viviendas reúnan condiciones de accesibilidad, asequibilidad, habitabilidad, adaptación cultural, tamaño suficiente, diseño y ubicación segura, así como de promover, garantizar, respetar y proteger el derecho humano y fundamental de las personas a la vivienda, con la adopción de medidas administrativas y legislativas.