*Lista la reforma a Ley General de Comunicación Social
Presentamos el Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, a la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo último del artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social.
La reforma propone modificar el último párrafo del artículo 26 de la Ley en comento, para establecer que las Entidades Federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, determinarán su propio límite del gasto del Programa Anual de Comunicación Social, eliminando el límite de 0.1 por ciento establecido en esa norma.
Con esta reforma las Entidades Federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México podrán determinar, de conformidad con sus propias circunstancias, su límite del gasto del Programa Anual de Comunicación Social, ciñéndose por supuesto a lo establecido en el artículo 134 constitucional y a los principios establecidos en la propia Ley General de Comunicación Social que son el de Austeridad Republicana; Economía y racionalidad presupuestaria; Finalidad; Legalidad; Oportunidad, y Territorialidad, fortaleciendo así el pacto federal.
Estos principios a los que me he referido fueron insertados en el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022, con el objeto de combatir la corrupción y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, permitiendo una administración recta y prudente del erario con el propósito de informar a la población sobre las diversas campañas que difunden los entes públicos en cumplimiento de sus responsabilidades hacia con la sociedad.