*Proyecto para armonizar legislación en materia de movilidad y seguridad vial
La Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad que presido aprobó un proyecto para armonizar las leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de Cambio Climático; y de Infraestructura de Calidad, con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
El dictamen, que se aprobó en la reunión de este órgano legislativo del pasado 24 de noviembre, establece que en la administración, seguridad, conservación, reconstrucción y ampliación de tramos de carreteras federales, los gobiernos estatales, municipales y las alcaldías de la Ciudad de México no podrán sobre regularlos, ni gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio.
Plantea que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes emita las disposiciones que regulen los contenidos y especificaciones que deberán cumplir los requisitos para la expedición de licencias; y que verifique que las entidades y municipios cumplan tales disposiciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 52 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
También propone que la dependencia lleve un registro de las licencias que otorgue, que las integre en la Base de Datos sobre Movilidad y Seguridad Vial respectiva, y que las remita al Sistema de Información Territorial y Urbano.
De acuerdo con el proyecto, en el Reglamento respectivo se establecerá que a las personas que sean sorprendidas manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, psicotrópico o estupefaciente, se les retirarán las licencias federales por un periodo no menor a seis meses, las causas de cancelación de ésta, así como las disposiciones relativas al tránsito vehicular.
Igualmente se fomentarán programas y acciones para educar, formar y sensibilizar a las y los conductores en materia de movilidad y seguridad vial, con el objetivo de fomentar la cultura y hábitos para la prevención de siniestros de tránsito.
Así como el uso racional del automóvil particular; la promoción de los desplazamientos inteligentes y todas aquellas acciones que permitan lograr una sana convivencia en las vías, en los centros destinados a la capacitación y el adiestramiento de conductores del servicio de autotransporte federal.