La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, la facultad del Instituto Nacional Electoral (INE) de atracción de las elecciones extraordinarias que se celebrarán en el estado de Puebla el próximo 2 de junio.
En la resolución del juicio presentado por integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), el Pleno de la Sala Superior señaló que, tanto la Constitución federal como la del estado establecen que cuando el Consejo General del INE asume de forma directa la realización de las actividades propias de los órganos electorales locales, las impugnaciones de dicho proceso serán resueltas por el TEPJF.
La Sala Superior determinó que la contienda para renovar la gubernatura de Puebla y cinco ayuntamientos en los que se anularon las elecciones (Ahuazotepec, Cañada Morelos, Mazapiltepec de Juárez, Ocoyucan y Tepeojuma) inició el pasado 31 de enero cuando las consejeras y los consejeros del INE comenzaron el procedimiento para ejercer su facultad de atracción total para la organización de los comicios extraordinarios.
Lo anterior, porque el Instituto Electoral del Estado de Puebla no convocó en tiempo a su Consejo General para que este diera inicio con el proceso electoral.