Un total de 971 personas de la etnia tsotsil –de las cuales 470 son niñas, niños y adolescentes— resultaron víctimas de Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en el estado de Chiapas, por acciones y omisiones de autoridades estatales y municipales que no les garantizaron seguridad pública y tampoco previnieron los delitos y actos violentos en su contra durante los conflictos que provocaron la destitución de la entonces presidenta municipal de Chenalhó, así como tampoco implementaron acciones para salvaguardar sus derechos fundamentales.
Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 90/2018 al Gobernador de Chiapas, Rutilio Escandón Cadenas; al Fiscal General de la entidad, Jorge Luis Llaven Abarca; al Presidente Municipal de Chenalhó, Abraham Cruz Gómez, y a la Presidenta Municipal de San Cristóbal de las Casas, Jerónima Toledo Villalobos.
Para esta Comisión Nacional, fueron vulnerados los derechos a la seguridad personal, a la libertad de circulación y residencia, el derecho a no ser desplazado forzadamente, a la propiedad, a la asistencia humanitaria, a las medidas de ayuda inmediata, a la alimentación y a una vivienda adecuada, educación, al trabajo, atención médica y protección a la salud, de acceso a la justicia por inadecuada procuración de justicia y al interés superior de la niñez.
El 25 de mayo de 2016, dos integrantes del Congreso del Estado de Chiapas fueron retenidos por habitantes de Chenalhó para exigir la destitución de la Presidenta Municipal, por inconformidades con su administración; en la misma fecha esa autoridad presentó su renuncia ante el Congreso local; no obstante, vecinos amenazaron con privarle de la vida, por lo cual huyó del municipio.
Al día siguiente, pobladores del municipio acudieron a la Cabecera Municipal a presenciar la toma de protesta del Presidente Municipal sustituto, pero las circunstancias de tal transición generaron desacuerdos y enfrentamientos armados en ese lugar y otras localidades entre simpatizantes de la depuesta munícipe y de su sucesor, en los cuales dos personas perdieron la vida, por lo que se iniciaron las carpetas de investigación 1 y 2.
Por las agresiones, amenazas y destrucción de diversos bienes, 971 personas de la etnia tsotsil abandonaron sus propiedades; 274 de esas víctimas que apoyaron al nuevo Presidente Municipal se refugiaron en la Casa de la Cultura de la Cabecera Municipal, en tanto que 121 personas, sin saber a quién apoyaban, se resguardaron en un salón de fiestas ubicado en el vecino municipio de Pantelhó. En esos lugares recibieron alimentos y ayuda de autoridades del Gobierno estatal. Del resto de personas no se cuenta con información sobre su paradero o de la ayuda que recibieron.
Ante el riesgo y vulnerabilidad en que estaban las personas desplazadas, el 29 de mayo y 1 de junio de 2016, la CNDH solicitó medidas cautelares al Secretario General de Gobierno del estado, para que se garantizara a las víctimas la satisfacción de sus necesidades básicas, se les brindara protección y resguardo y se realizaran las acciones para solucionar esos hechos de violencia.
La CNDH atrajo el caso para investigar violaciones a derechos humanos.
El 22 de febrero de 2017 un centenar de personas armadas llegó a la Cabecera Municipal de Chenalhó y, de manera violenta, tomó la Casa de la Cultura, por lo que nuevamente las familias huyeron, esta vez hacia una colonia de San Cristóbal de las Casas. Según su testimonio, desde el 1 de octubre de 2017 dejaron de recibir ayuda alimentaria de las autoridades.
En su Recomendación, la CNDH solicita al Gobernador de Chiapas que, en coordinación con los Municipios de Chenalhó y San Cristóbal de las Casas, diseñe e implemente un programa de reparación colectiva para brindar a las personas desplazadas condiciones dignas de vida, así como herramientas y medios para restablecer sus medios de subsistencia, además de brindarles atención médica y psicológica.
Realizar un censo que corrobore el número de personas víctimas del DFI que salieron de su domicilio desde mayo de 2016 y un diagnóstico que evidencie su situación actual para aplicar de mejor manera el mencionado programa de atención, así como diseñar e implementar una campaña de información para comunicar a esas personas cuáles son sus derechos y a quién pueden acudir para protegerlos.
Implementar de manera coordinada con ese municipio un protocolo de seguridad operado por las fuerzas del orden, solicitando los apoyos de los tres ámbitos de gobierno para disminuir los índices de inseguridad; un programa de acceso a viviendas del que puedan beneficiarse las personas desplazadas, y en las que puedan vivir en condiciones de dignidad en tanto retornan a sus hogares; lo mismo programas de subsistencia, atendiendo a sus habilidades y conocimientos.
También, realizar un diagnóstico en todo el estado para evidenciar las causas del DFI en la entidad, las comunidades afectadas, los impactos en la población y las necesidades inmediatas de esas personas; informar a la Procuraduría Agraria sobre la situación de desprotección y posibles afectaciones que han sufrido las tierras ejidales y/o pequeñas propiedades abandonadas por las personas desplazadas, para que realicen las acciones necesarias para proteger sus derechos sobre ellas.
Al Fiscal General del estado se le pide realizar las diligencias necesarias para la investigación de los hechos denunciados y se determinen conforme a derecho las carpetas de investigación 2 y 4; colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja que corresponda ante la Visitaduría Ministerial de esa Fiscalía, para que se resuelva sobre la responsabilidad por la dilación injustificada en la determinación de dichas investigaciones, y las acciones y omisiones en que se incurrió.
A todas las instancias recomendadas se les solicita nombrar un servidor público de alto nivel que será enlace con esta Comisión Nacional para dar seguimiento y cumplimiento de esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx