Insólito jalón de orejas masivo

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subraya que las autoridades han incumplido su obligación de supervisar las actividades empresariales y sancionar a aquellas empresas que generan daños sobre los trabajadores, usuarios, consumidores y comunidades; han emitido permisos y licencias de forma irregular, y consentido el desarrollo de proyectos a gran escala u operaciones empresariales que generan violaciones a los derechos humanos al medio ambiente y recursos naturales, propiedad, acceso a servicios públicos y a la consulta previa de pueblos y comunidades indígenas.

Este Organismo Constitucional Autónomo identificó que las empresas operan y generan daños con permiso y sin supervisión del gobierno, y enfatizó que la responsabilidad de las empresas de respetar derechos humanos en México, que va más allá de la responsabilidad social empresarial, no debe estar sujeta a la buena voluntad y conciencia de los empresarios, ya que como resultado de su investigación observó situaciones que propician violaciones a derechos humanos en once sectores industriales. Al interior de las empresas, principalmente en la agroindustria, minería e hidrocarburos, existen condiciones irregulares en las contrataciones y salario del personal, centros de trabajo que no cumplen con condiciones de higiene y seguridad, trata de personas y trabajo infantil. Los grupos que resultan afectados principalmente son los trabajadores, migrantes, pueblos y comunidades indígenas, jornaleros, niños niñas y adolescentes y mujeres.

Al exterior de las empresas, principalmente en los sectores de servicios públicos, construcción, energético, turismo y entretenimiento e hidrocarburos, existen transgresiones contra personas con discapacidad por empresas concesionarias que prestan servicios públicos; contra migrantes por empresas de seguridad privada contratadas por la autoridad migratoria, que realizan revisiones y detenciones irregulares; contra personas privadas de la libertad, por empresas contratadas por la autoridad penitenciaria para la prestación del servicio de abastecimiento de alimentos, sin cumplir con estándares de calidad ni cantidad; y contra pueblos y comunidades indígenas, por empresas que tienen permisos, licencias, o contratos que les otorgan las autoridades para desarrollar megaproyectos en sus territorios y con sus recursos naturales, así como criminalización y hostigamiento a defensores y activistas.

Por ello, la CNDH emitió la Recomendación General 37/2019 “Sobre el Respeto y Observancia de los Derechos Humanos en las Actividades de las Empresas”, en la que se marca un triple objetivo: 1) Establecer los parámetros de respeto y observancia de los derechos humanos en las actividades públicas y privadas en México con base en los estándares internacionales sobre empresas y derechos humanos, principalmente de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas; 2) Presentar propuestas de políticas públicas encaminadas a que haya debida alineación de la relación Estado—Derechos Humanos—Empresa, y 3) Presentar propuestas de modificaciones legislativas específicas para que en las actividades de las empresas se incluya el tema de los derechos humanos.

En ella, la Comisión Nacional sostiene que es compatible el trinomio ganancia económica—riesgo empresarial—observancia de derechos humanos, y que el respeto a tales derechos no debe ni puede ser visto como obstáculo del sano ejercicio económico del sector empresarial, sino como área de oportunidad para redireccionar sus políticas y estrategias.

Este documento marca la hoja de ruta que debe guiar la actuación cotidiana de las empresas, para alcanzar la Agenda 2030 y la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en favor del reconocimiento, defensa y promoción de los derechos fundamentales.

La Recomendación es un impulso y compromiso que permite a las empresas identificar si su impacto social, económico y medioambiental beneficia o afecta a la sociedad, y en consecuencia ceñirse a su cumplimiento para así fortalecer su reputación y sus relaciones con la sociedad.

La Recomendación General consta de 32 puntos recomendatorios dirigidos a 91 autoridades. Está dirigida al presidente de la República, integrantes del Congreso de la Unión; Gobernadora y Gobernadores de las entidades federativas y Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; integrantes de los Poderes Legislativos de los estados y Capital de la República; titulares de las Secretarías de Gobernación; de Economía; de Hacienda y Crédito Público; del Trabajo y Previsión Social; de Energía; de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Comunicaciones y Transportes.

También, a los Directores Generales de Petróleos Mexicanos; Comisión Federal de Electricidad; Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; Nacional Financiera; Sociedad Hipotecaria Federal; Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros; Banco Nacional de Comercio Exterior; Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos y Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, así como a los titulares de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; Procuraduría Agraria; Procuraduría Federal del Consumidor; Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo; Comisión Nacional de Arbitraje Médico; Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, y Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

Para su elaboración, la CNDH revisó y analizó más de 2,700 Recomendaciones emitidas desde su creación en 1990 hasta 2018, e identificó 65 derivadas de actividades empresariales; así como sus 12 Recomendaciones Generales hasta 2019; 29 textos y documentos internacionales que establecen las acciones y conductas a seguir por los gobiernos y las empresas respecto de los derechos humanos y, además, realizó una revisión hemerográfica sobre el tema y analizó 305 leyes mexicanas federales y generales e identificó 162 que regulan a las empresas y mecanismos de reparación o incluyen preceptos relacionados con estos.

La CNDH acreditó que el 72% de las Recomendaciones se emitió por violaciones a derechos humanos con participación de empresas que tenían un vínculo con el gobierno. Es decir, que derivaron de actividades empresariales que el gobierno permitió y autorizó, pero no vigiló eficazmente en el 44.5% de estos casos, a través de una autorización, permiso o licencia; en el 30%, con la firma de contratos públicos, y en el 25.5%, a través de títulos de concesión.

Por ello, la CNDH recomienda al Presidente de la República impulsar en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019—2024 y a los ejecutivos locales en sus Planes Estatales de Desarrollo, las políticas públicas encaminadas a consolidar el respeto a derechos humanos en todas las actividades empresariales de todos los sectores del país; instruir que todas las dependencias de la Administración Pública Federal o Estatales observen y cumplan los puntos recomendatorios de las 12 Recomendaciones Generales emitidas por este Organismo Autónomo relacionadas con empresas (8/2004, 13/2006, 21/2014, 24/2016, 25/2016, 26/2016, 27/2017, 29/2017, 31/2017, 32/2018, 34/2018 y 35/2019).

A los integrantes del Congreso de la Unión les solicita incorporar en el PND 2019-2024 las políticas públicas que consoliden el respeto a los derechos humanos en las actividades empresariales de los sectores productivos. Al Congreso de la Unión y Congresos de las entidades federativas, revisar la legislación relacionada con las empresas y sus actividades y, en su caso, elaborar las iniciativas de ley que correspondan para incorporar reglas de respeto a los derechos humanos conforme a la presente Recomendación General.

A la Secretaria de Gobernación se le pide establecer el diseño, elaboración y aprobación del Plan de Acción Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos, alineado a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU, con indicadores de cumplimiento, y con la participación de representantes de la sociedad civil, la academia, sindicatos de trabajadores, personas líderes indígenas, representantes empresariales, de empresas de participación estatal mayoritaria, de empresas productivas del Estado y de las Secretarías e instancias de la Administración Pública Federal que se considere necesaria su participación y, en su caso, organizaciones internacionales, y establecer las acciones necesarias para que en la contratación pública con empresas privadas, otorgamiento de permisos, concesiones, autorizaciones o licencias para la realización de actividad empresarial y de financiamiento público a empresas privadas, se incorpore la “cláusula obligacional de respeto a los derechos humanos”.

También, en los casos en que los contratos públicos con empresas privadas se celebren para la planeación, diseño, ejecución, supervisión u operación de megaproyectos, incluir la obligación de la empresa privada de contar con mecanismos práctico-operativos de reparación de violaciones a derechos humanos por las actividades que realicen, y contar con mecanismos de coordinación entre las autoridades de los tres niveles de gobierno para atender y resolver las violaciones a derechos humanos en el contexto empresarial, con particular consideración a las comunidades y grupos en situación de vulnerabilidad.

La Secretaria de Economía deberá enviar esta Recomendación General a todas las Cámaras de Comercio, de Servicios y de Turismo, a las Cámaras de la Industria, y a las Confederaciones de empresas, para que sus agremiados conozcan y asuman compromiso público de una cultura empresarial de respeto a los derechos humanos; incorporen y asuman la observancia de cumplimiento de la ley, compromiso corporativo de respeto, procesos de debida diligencia empresarial y mecanismos de reparación por violación a derechos humanos.

A la Secretaria de Energía le solicita, por presidir los Consejos de Administración de PEMEX y CFE, entregue a los directores y a cada una de sus empresas subsidiarias esta Recomendación General, para su observación en su relación con empresas privadas; y a los titulares de esas dos empresas les insta a emitir una Declaratoria Pública de Compromiso Corporativo de Respeto a los Derechos Humanos en sus actividades empresariales y un Plan de Debida Diligencia Empresarial.

Al Secretario de Hacienda y Crédito Público le pide que, como política pública de vigilancia del Sistema Bancario Nacional y organizaciones auxiliares de crédito, exija a esas empresas la observancia y cumplimiento de los cuatro elementos para calificar a una empresa responsable de respetar derechos humanos.

También se envió copia de esta Recomendación General al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que considere la conveniencia de establecer acciones para que jueces y magistrados la usen como fuente de consulta al resolver expedientes en que la litis involucre temas de empresas y derechos humanos; así como a todos los organismos públicos de derechos humanos a efecto de que incorporen el enfoque de empresas y derechos humanos en el análisis y la investigación de los hechos de las quejas sobre violaciones a derechos humanos relacionadas con actividades empresariales.

A todas las autoridades destinatarias se les solicita informar a la CNDH de manera periódica las acciones, estrategias y rutas de trabajo para cumplir los puntos recomendatorios de esta Recomendación General 37, que ya les fue debidamente notificada y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

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