La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el Ejercicio Fiscal 2019, por un monto neto de 5 billones 838 mil 059 millones 700 mil pesos; es decir, 23 mil 768 millones más que lo propuesto por el Ejecutivo.

El dictamen, aprobado en lo general, con 312 votos a favor, 154 en contra y cero abstenciones, se envió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

Con 303 votos a favor, 7 en contra y cero abstenciones se aprobaron los artículos reservados, con las modificaciones aceptadas por la asamblea. Transitorios: Décimo primero y la adición de dos transitorios. Además, al Anexo 23. 2.1, 23.3.1.B, 23.5.2 y 43.  

La presidencia de la Mesa Directiva informó que en lo particular, 100 diputadas y diputados hicieron 285 reservas. Quedaron en términos del dictamen los artículos: 1, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 19, 21, 22, 23, 25, 26, 29, 32, 33 y 37.

Asimismo, los transitorios, Tercero, Quinto, Noveno, Décimo segundo y Décimo Tercero. También, los anexos: 1, 2, 7, 8, 10, 11, 11.1, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 23.3.5, 25, 26, 27, 28, 29.2, 30, 31, 38 y 40.

El Proyecto del PEF señala que, en términos del artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para el periodo fiscal del próximo año se prevé un déficit presupuestario de 503 mil 841 millones 300 mil pesos.

El dictamen, en el que se realizaron cambios a la propuesta del Ejecutivo federal, refiere que se modificó el uso de los recursos del Fondo Regional, que se habían destinado a las 10 entidades federativas con menos índice de desarrollo humano, a efecto de que 50 por ciento se vaya a los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, y el otro 50 por ciento a las siete entidades federativas con menor índice de desarrollo humano.

Establece que los recursos asignados al desarrollo integral de los pueblos, comunidades y municipios indígenas, cuando corresponda, puedan ser transferidos directamente a estos, de conformidad con los convenios que para tal efecto se celebren en términos de las disposiciones aplicables, con la participación que corresponda a la entidad federativa.

En los Anexos relativos a las remuneraciones de los servidores públicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política, se indica que para los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que están en funciones desde antes del inicio de 2010, la remuneración de cada cual ha de ser igual a la que tuvieron durante el año de 2009, aunque sea superior a la del Presidente de la República.

Los integrantes del Poder Judicial de la Federación que asumieron su función a partir de 2010 o después, conservarán sus respectivas remuneraciones, aun cuando éstas son superiores a la del Presidente de la República, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2019.

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