La senadora Nancy de la Sierra Arámburo presentó una iniciativa que busca otorgar a los hombres trabajadores el derecho irrenunciable a una licencia de paternidad de 45 días laborables, con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos o hijas, y de igual manera en el caso de la adopción de un infante.
La legisladora señaló que el marco normativo mexicano reconoce la igualdad entre hombres y mujeres, a través del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual vela por la protección, organización y desarrollo armónico de la familia.
Explicó que la licencia de paternidad es un derecho que tienen los padres para tomar un período predeterminado de tiempo fuera del trabajo, manteniendo sus derechos laborales y con goce de sueldo, después del nacimiento o la adopción de sus hijas o hijos, para participar de la crianza, brindar ayuda y apoyo a la madre.
El 30 de noviembre del año 2012 se modificó la Ley Federal del Trabajo, estableciendo la obligación del patrón de otorgar un permiso de paternidad de únicamente cinco días laborables con goce de sueldo a los hombres trabajadores. En cambio, la misma Ley brinda a las mujeres trabajadoras un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto o adopción.
La significativa inequidad entre las licencias de maternidad y paternidad existente en la Ley Federal del Trabajo reafirma los roles de género tradicionales, reforzando los estereotipos defensores de que el espacio natural de las mujeres se encuentra en el hogar, a cargo del cuidado de los hijos, subrayó la senadora.
Además, reiteró, esta inequidad reafirma la visión machista que postula que el cuidado de los hijos y del hogar deben ser actividades exclusivas de las mujeres. También refuerza el estereotipo que dicta que corresponde a los hombres ser el trabajador y sostén económico del hogar, apuntó.
De la Sierra enfatizó en que el permiso de paternidad no constituye un periodo de vacaciones para los trabajadores, sino un derecho de convivir con sus hijos e hijas tras su nacimiento o adopción.
Debido a esto, dijo, es imperativo resaltar el deber de las y los legisladores de adecuar las leyes de nuestra nación partiendo de una perspectiva de género, es decir, con una visión científica, analítica y política sobre la condición de las mujeres y los hombres que se propone eliminar las causas que producen la desigualdad de género, como la injusticia y la jerarquización de las personas basadas en el género.
La iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 132, fracción XXVII Bis de la Ley Federal del Trabajo; y adiciona el artículo 28 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, fue turnada a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Segunda del Senado de la República.