Agárrense huachicoleros
El huachicol, que tanto daña a la sociedad, porque no solo implica el robo de combustible para venderlo, sino que es usado para que el crimen organizado realice actividades delictivas, finalmente fue incluido dentro de la lista de delitos procedentes para extinción de dominio.
Asumirlo como delito grave y que se añadiera al catálogo de casos en los que se les puede arrebatar a los delincuentes los bienes que generaron quebrantando la ley y afectando a la ciudadanía, fue insistencia del Grupo Parlamentario del PRD, que además logró que el Senado de la República aprobara el dictamen en la materia con una modificación que, también fue a propuesta de esta fracción.
El coordinador parlamentario Miguel Ángel Mancera Espinosa defendió el planteamiento de la bancada del PRD, sobre lo indispensable de incluir en el dictamen la incorporación de un párrafo tercero al Artículo 22 constitucional a cerca de la monetización de los bienes asegurados.
El planteamiento de la y los senadores del PRD fue clara: la ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios.
Esto, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y en su caso, la destrucción de éstos.
Incluir el huachicol impactará en la comisión de delitos, toda vez que éste no queda solamente en la venta ilegal de gasolina, sino que va más allá. El combustible robado se convierte en un insumo para que la delincuencia organizada pueda ayudarse a realizar actividades delictivas, ya que gracias a él funcionan los vehículos en los que se mueven los delincuentes, en los que trasladan mercancía robada o usan para secuestrar e incluso, fabricar artefactos nocivos o incendiar inmuebles y carreteras a fin de provocar retenes.
El huachicol genera en sí mismo, grandes mermas para el país. PEMEX señala que el monto estimando de pérdida anual es de 30 mil millones de pesos.
Según el reporte público de la dependencia, a cerca de tomas clandestinas en 2018, de enero a agosto de este año se han detectado 10, 101.
Cinco estados sobresalen con tomas identificadas por arriba de mil: Puebla 1, 521 (es la entidad que más tiene en el país); Hidalgo 1, 256; Guanajuato 1, 188; Veracruz 1, 095 y Jalisco 1, 063.
En Hidalgo, el segundo estado con mayor número de tomas clandestinas identificadas, la cifra va en aumento, en lugar de disminuir: enero (139), febrero (143), marzo (173), abril (151), mayo (163), junio (140), julio (146) y agosto (201). Datos como éste ponen de manifiesto la necesidad de combatir con mayor efectividad el huachicol.
A excepción de siete estados en la República (Baja California Sur, Campeche, Colima, Guerrero, Nayarit, Quintana Roo y Zacatecas), que no tienen tomas clandestinas reportadas, el resto de entidades ha identificado al menos una.
El número de tomas clandestinas identificado en 2018 no baja de mil por mes: enero 1, 046; febrero 1, 228; marzo 1, 417; abril 1, 485 (es el mes que más tomas clandestinas se identificaron en lo que va de este año); mayo 1, 354; junio 1,060; julio 1,152 y agosto 1,359.
De ahí la importancia de que el Senado de la República aprobara con modificaciones el dictamen que reforma el Artículo 22 y la fracción XXX del Artículo 73 de la Constitución para incluir los bienes producto no solo del robo de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos en el catálogo de delitos sujetos a extinción de dominio, sino también aquellos que sean producto de corrupción.
Es significativo que además el Estado pueda aprovechar de mejor forma los bienes decomisados a las personas delincuentes, ya que mantenerlas durante el tiempo que duran los juicios le genera gastos. Con la propuesta del Grupo Parlamentario del PRD, la autoridad puede “volverlos dinero” para que entren a las arcas de los estados en menos tiempo y puedan ser aprovechados en beneficio de la ciudadanía.
Actualmente, la figura de extinción de dominio en el país, aún dista de un funcionamiento eficaz como sucede, por ejemplo, en países como Colombia, en donde en 2008 se encontraban mil 888 procesos judiciales en fase inicial, en trámite 815 y 2 mil 703 procesos judiciales por extinción de dominio, mientras que en México en el periodo 2010-2011 solo se tenían 3 procesos judiciales en esta materia, además de que en los mismos periodos en la nación sudamericana se obtuvieron 28 mil 165 bienes y aquí solo 8.
El dictamen aprobado por unanimidad fue devuelto a la Cámara de Diputados por lo dispuesto por la fracción E del Artículo 72 Constitucional.