Dicen que son diferentes, que ven por el pueblo, que respetan la ley, el estado de derecho y demás “lindezas”, pero aquí una prueba de que los morenistas sin iguales y hacen lo mismo que tanto criticaron para que el pueblo les diera su voto:

Ciudad de México, a 14 de diciembre de 2022.

SEN. ALEJANDRO ARMENTA MIER

PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL

SENADO DE LA REPÚBLICA

P R E S E N T E

Por medio del presente y toda vez que se encuentran enlistados en el Orden del Día de la Sesión Ordinaria de hoy, los dictámenes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, el primero, que contiene minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral: y el segundo por el que se reforman y adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Al respecto, nos permitimos hacer de su conocimiento que al realizar una revisión de la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados de la sesión del martes 6 al miércoles

7 del mes de diciembre, obtuve lo siguiente:

Al iniciar la sesión vespertina del martes 6, en la Gaceta Parlamentaria 6169-C aparecían las iniciativas del Grupo Parlamentario de Morena para reformar la LGIPE, LGPP, LOPF y una nueva LGMIME.

Poco después de las 23:00 horas, reanudó la sesión después de un receso y el presidente de la Mesa Directiva dio la palabra a la Dip. Graciela Sánchez Ortiz del Grupo Parlamentario de Morena para presentar las iniciativas anteriormente mencionadas señalando que tenían “algunos cambios y modificaciones”, el presidente dio por recibidas las iniciativas sin ordenar que fueran publicadas en la Gaceta Parlamentaria.

En el transcurso de la sesión, ningún diputado o diputada hizo referencia a los cambios que se habían introducido en la iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena.

Puedo asegurar que, al momento de aprobarse la dispensa de trámites para autorizar la discusión sin dictamen de la iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena, lo que aparecía en el sitio de internet de la Gaceta Parlamentaria era la iniciativa que había sido publicada horas antes.

Es muy probable que al tomarse la votación en lo general y de los artículos no impugnados, en la Gaceta Parlamentaria 6169-C seguía apareciendo la iniciativa de Morena sin los cambios a los que de manera genérica había hecho referencia la diputada Sánchez Ortiz al iniciar su presentación.

Lo que ocurrió en algún momento de la sesión fue la sustitución de la Gaceta Parlamentaria 6169-C con el fin de publicar la segunda versión de la iniciativa de Morena, con los cambios que la Dip. Sánchez Ortiz refirió de manera Genérica.

De los hechos antes señalados y a partir de los documentos que pudimos obtener, es nuestra conclusión que los cambios introducidos en la iniciativa de Morena entre las 22:00 y las 23:00 horas, no fueron informados al pleno de la Cámara de Diputados, por lo que no pueden ser considerados como aprobados por el pleno.

Lo que el Pleno tenía a la vista cuando dispensó el trámite, y muy probablemente cuando se tomó la votación en lo general, era la iniciativa que aparecía en la Gaceta Parlamentaria original. Esto se traduciría en una grave violación al procedimiento legislativo en la Cámara de Diputados, que vicia de origen la Minuta turnada al Senado.

A partir de lo anterior, y en términos de lo dispuesto en el inciso d), párrafo 1, y el párrafo 2, del artículo 66 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establecen la facultad del Presidente de la Mesa Directiva para “asegurar que los dictámenes… cumplan con las normas que regulan su formulación y tiempos de presentación”, solicitamos que antes de que el Senado entre a conocer y discutir el Dictamen que aprobaron ayer las comisiones dictaminadoras, se aclare lo ocurrido en Cámara de Diputados, lo cual sólo puede hacerse mediante comunicación entre las mesas directivas de ambas Cámaras.

La violación al procedimiento legislativo que detallamos es competencia de la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, quien, a efecto de solucionar los posibles vicios de los que fueron sujetos la aprobación de ambos dictámenes anteponiendo el interés general de la Cámara de Senadores, por encima de intereses particulares o de Grupo que rigen el desempeño de su encargo conforme al párrafo 1 del artículo 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, deberá satisfacer ampliamente con información a los suscritos, la absoluta legalidad del procedimiento seguido por la H. Cámara de Diputados para sustanciar las minutas de referencia.

Sin otro particular, aprovechamos para enviarle un cordial saludo.

A T E N T A M E N T E

Sen. Beatriz Paredes Rangel                             

Sen. Miguel Ángel Osorio Chong

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